El Tribunal Administrativo de Casanare admitió una demanda de Acción Popular en contra de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA, La Empresa colombiana de Petróleos ECOPETROL y la petrolera Perenco, interpuesta por Milton Javier Cárdenas.
La Acción Popular solicita que se ordene la suspensión inmediata de todas las actividades en el Bloque Casanare A1a, incluida la Estación Gloria, es decir se suspendan las actividades de extracción, separación y transporte de hidrocarburos y gas.
El Contencioso Administrativo impuso dentro de la misma decisión una medida cautelar de suspensión inmediata de conducción de fluidos por la línea de flujo del pozo LGL-19 y la del pozo La Gloria 20 a la estación La Gloria, en la vereda Tesoro del Bubuy del municipio de Aguazul Casanare, que cruzan por la fuente hídrica Caño Palo Blanco, bajo las mismas condiciones establecidas en la resolución 0540 del 27 de mayo de 2014 en su artículo primero proferido por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, debiendo dicha entidad certificar al Tribunal Administrativo de Casanare el cumplimiento de las obligaciones impuestas a la Empresa Perenco parta estudiar su eventual levantamiento.
Tanto ANLA, como Perenco deben presentar cada una, un informe el próximo 15 de diciembre y en lo sucesivo cada mes y medio.
El Tribunal concede 10 días a los demandados para contestar la demanda y aportar o solicitar la práctica de pruebas