El Director de Tránsito Departamental, Franco Arnoldo Espitia dio a conocer la Resolución No. 006 (del 10 de abril de 2014) por medio de la cual se establecen restricciones de circulación de vehículos de carga para esta Semana Santa en la red vial de Casanare.
El siguiente es el texto de la resolución:
”El Director de Transito y Transporte de Casanare, en uso de sus facultades legales conferidas por la ley 769 de 2002, modificada por la ley 1383 de 2010 y, CONSIDERANDO: Que el Departamento de Casanare tiene vigente la Resolución No. 057 del 30 de agosto de 2013, mediante la cual se modifican y precisan aspectos sobre restricciones de vehículos de carga superiores a 3.4 toneladas en el departamento de Casanare.
Que para el territorio nacional se avecina la temporada de vacaciones de Semana Santa para el año 2.014, tiempo en el cual se aumenta la circulación de vehículos particulares pequeños, pertenecientes al grupo “A” según la clasificación del Ministerio de Transporte, en la red vial nacional. Que se hace necesario tomar medidas que conduzcan a garantizar la transitabilidad cómoda, ágil y segura de estos flujos vehiculares en esta temporada.
Por tanto, se debe tener coherencia con estas medidas a nivel departamental, para no afectar a los usuarios de la red vial ni generar traumatismos en la libre circulación en esta temporada.
RESUELVE:
Adoptar a partir de la fecha el siguiente cuadro de fechas y horarios para la aplicación de restricciones de vehículos de carga superior a 3,4 toneladas, para las vías departamentales y cascos urbanos de los municipios de Casanare, así́:
FECHAS Y HORAS RESTRICCIÓN VEHICULAR PARA VEHÍCULOS DE CARGA CON CAPACIDAD SUPERIOR A 3.4 TONELADAS EN LAS VÍAS DEL DEPARTAMENTO DE CASANARE Y CASCOS URBANOS:
MIÉRCOLES 16 abril 10:00 A 24:00 HORAS
JUEVES 17 abril 07:00 A 14:00 HORAS
SÁBADO 19 abril 12:00 A 22:00 HORAS
DOMINGO 20 abril 07:00 A 24:00 HORAS