Comfacasanare rechazó el fallo del Tribunal Administrativo del departamento que ordena el pago de 690 millones de pesos a la Gobernación por el convenio suscrito en el año 2.012 para la operación de los restaurantes escolares.
“Es un fallo arbitrario que genera suspicacias porque dos magistrados cambiaron la figura del contrato que se firmó inicialmente”, dijo el Director de la Caja de Compensación Familiar, Gustavo Ayala Leal.
Un contrato de cooperación por $17.894 millones donde Comfacasanare aportó 400 millones de pesos, fue convertido en un contrato de suministro, según el directivo de Comfacasanare.
“Gobernación es la que nos debe” “La Gobernación del departamento es la que adeuda a Comfacasanare del contrato de cooperación para operar restaurantes escolares firmado hace tres años que no se ha liquidado”, afirmó Ayala Leal.
Añadió que había demandado a la Gobernación ante el Tribunal Administrativo para que cubriera la mencionada suma, pero paradójicamente el fallo fue adverso.
Anunció que la providencia será apelada ante el Consejo de Estado porque lesiona los intereses de Comfacasanare.
El departamento recuperaría cerca de 690 millones de pesosEl fallo en primera instancia por parte del Tribunal Administrativo de Casanare, ordenó a Comfacasanare retornar a la Gobernación de Casanare, la suma de 690 millones de pesos aproximadamente.
El dinero que Comfacasanare le adeudaría al departamento, corresponde a recursos de costos administrativos, que no se encontraron justificados, por lo que la entidad debe retornar los recursos al departamento.
Esta medida se generó como consecuencia de las argumentaciones expuestas por la oficina de Defensa Judicial del departamento, en las distintas audiencias que se realizaron en el Tribunal Administrativo de Casanare, siendo adverso el fallo a Comfacasanare.
La decisión se produce luego de una acción de resolución de controversias contractuales que impetró Comfacasanare en contra del departamento desde el 2014, en la cual pretendía que la Gobernación de Casanare, le cancelara la suma de 1.200 millones de pesos, porque en concepto de la Caja de Compensación, se le adeudaba la cifra del convenio 001 de 2012 cuyo objeto era prestar el servicio de alimentación escolar en el departamento.
El Tribunal Administrativo de Casanare, señaló que se debía declarar la nulidad del convenio 001 de 2010 porque jurídicamente consideró la Corporación que se utilizó una figura que no se podía efectuar para adquirir este tipo de servicios, y en su lugar dijo que lo que había realmente era un contrato de suministro de alimentación y de raciones escolares.
Dado que el fallo es de primera instancia, en el evento en que la contra parte apele, la decisión definitiva será proferida por el Consejo de Estado como tribunal supremo en lo contencioso administrativo.