Las personas jurídicas ya no están obligadas a registrar los libros de contabilidad en las Cámaras de Comercio del país, según el artículo 175 del decreto ley 019 de 2012, más conocido como el “decreto anti trámites”.
Por lo anterior, la Cámara de Comercio de Casanare, informa a los empresarios que ya no es necesaria la presentación de estos libros para la renovación mercantil del 2012.
También con esta ley, en su artículo 146, el registro e inscripción de las entidades de economía solidaría como parte del Registro Único Empresarial y Social (RUES), lo deben llevar las Cámaras de Comercio, “en los mismos términos y con las mismas tarifas previstos para el registro mercantil” lo cual implica renovación de la matrícula y mercantil año a año.