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Entidades sin ánimo de lucro deben efectuar renovación de la Matrícula Mercantil

Entidades sin ánimo de lucro deben efectuar renovación de la Matrícula Mercantil
Por Nidia Yaneth Nossa Granados

Las entidades sin ánimo de lucro (ESAL) inscritas en las cámaras de comercio deben efectuar, desde el 2013, la renovación de la Matrícula Mercantil, dentro de los tres primeros meses de cada año de acuerdo con las tarifas de los Registros Públicos 2017, así lo estableció el Gobierno Nacional con el Decreto 019 de 2012.

La Cámara de Comercio de Casanare (CCC), informó que las asociaciones, corporaciones y fundaciones; entidades de economía solidaria (cooperativas, precooperativas, fondos de empleados y asociaciones mutuales), veedurías ciudadanas y entidades extranjeras de derecho privado sin ánimo de lucro con domicilio en el exterior, deben renovar antes del 31 de marzo de 2017.

En la CCC están vigentes a 31 de diciembre del año anterior 998, de un total de 3.415 matriculadas. Para realizar el trámite se debe tener la información financiera de la ESAL, es decir el balance general a corte de diciembre de 2016.

Por otra parte, la entidad informó que la Ley 1727 del 11 de julio de 2014, en su artículo 31 ordenó a las cámaras de comercio del país realizar depuración anual de la base de datos del Registro Único Empresarial y Social (RUES), en ese orden de ideas del total de las matriculadas cerca del 50% serán depuradas.

La depuración del registro de ESAL aplica en el 2017 a todas las personas jurídicas, así como a los establecimientos de comercio, sucursales y agencias que al 31 de marzo de este año completen al menos cinco años sin efectuar la renovación de la Matrícula Mercantil.


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