Ahora que el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) actualizó los requisitos para obtener el Registro Sanitario de Predios Pecuarios (RSSP) por medio de la Resolución 2508, expedida en agosto de 2012, todos los dueños de los predios dedicados a la explotación pecuaria en Colombia deberán presentarse ante la oficina del ICA más cercana para registrar o actualizar sus datos.
De lo contrario, a partir del 1 de enero de 2013 los dueños de los predios no podrán obtener las Guías Sanitarias de Movilización Interna si su terreno no se encuentra debidamente registrado ante el ICA.
Para el Registro, el productor deberá presentar el documento que acredite la propiedad, tenencia o posesión del mismo. También debe suministrar la información de la población animal (el sexo y la edad de las especies bovina, bufalina, porcina, equina, ovina y caprina) que se encuentren en dicho predio. Igualmente, debe entregar el inventario de los animales, el cual es necesario actualizar permanentemente por nacimientos, ingresos o muertes. Para el Registro se precisan datos del propietario y otra información asociada al predio, como su ubicación geográfica y extensión.
Vale la pena resaltar que este trámite es completamente gratuito y no necesita de intermediarios, y que después del registro o la actualización, el ICA le asignará un número único para su identificación ante cualquier gestión sanitaria posterior.