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Alcaldes llamaron al Presidente Petro a no seguir evadiendo su responsabilidad sobre los avalúos catastrales

 Ante la creciente crisis social generada por los incrementos desproporcionados en los avalúos catastrales y sus efectos en distintas regiones del país, la Federación Colombiana de Municipios y los alcaldes y alcaldesas de Colombia, señalaron que el país debe entender que esta situación no es atribuible a los mandatarios locales.

Aclararon que, los incrementos del avalúo catastral que hoy generan inconformidad ciudadana responden directamente a la implementación del artículo 49 del Plan Nacional de Desarrollo del Gobierno nacional, una medida que fue definida desde el nivel central y que hoy está teniendo impactos profundos en los municipios.

Los alcaldes afirmaron que han actuado conforme a la ley. No han fijado estos incrementos ni tienen la competencia para modificarlos discrecionalmente.

Además, hicieron un llamado firme al Gobierno nacional, en cabeza del Presidente de la República Gustavo Petro, a no seguir evadiendo su responsabilidad señalando a los mandatarios locales y a detener la desinformación y la estigmatización injustificada. “Colombia necesita soluciones, no acusaciones ni amenazas sin sentido”, enfatizaron.

“Insistimos en la necesidad urgente de instalar mesas de diálogo con el Gobierno nacional para revisar los incrementos desproporcionados, especialmente en predios rurales y pequeños propietarios, evitando que esta política termine afectando la estabilidad económica de miles de familias y profundizando la crisis social en los territorios. La solución debe ser técnica, concertada y responsable. Los municipios están listos para construirla”, señalaron en un comunicado de la Federación Colombiana de Municipios.

Los Alcaldes propusieron implementar de manera inmediata en todo el territorio nacional la Resolución 0384 de 2026 del IGAC, con un cronograma claro hasta el 30 de junio de 2026, que permita revisar de forma regionalizada los casos atípicos derivados del cálculo automático de avalúos en el marco del artículo 49 de la Ley 2294 de 2023.

Adicionalmente, en consideración con lo establecido en el Artículo 12 de la Resolución 1912 de 2024 del IGAC, que reza: ARTÍCULO 12. Vigencia de los avalúos catastrales resultantes del ajuste para reducir el rezago. Los valores catastrales resultantes del ajuste automático establecido en el artículo 49 de la Ley 2294 de 2023 entrarán en vigencia a partir del 1º de enero del año siguiente al de su incorporación en las bases catastrales”. Que todos los municipios en los cuales no se recibieron las bases catastrales actualizadas a 31 de diciembre de 2025, inicien la aplicación de efectos de las Resoluciones 1939 y 2057 de diciembre de 2025 hasta el 1 de enero de 2027.

Por lo cual solicitarán al IGAC, vía derecho de petición, una certificación donde conste la fecha en la que se incorporaron los valores catastrales resultantes del ajuste automático establecido en el artículo 49 de la Ley 2294 de 2023 en las bases catastrales de cada uno de los municipios.




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