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Nuevo incidente de desacato contra Alcaldesa de Yopal por incumplir apertura de vía

Nuevo incidente de desacato contra Alcaldesa de Yopal por incumplir apertura de vía
El Juzgado Segundo Administrativo de Yopal abrió incidente de desacato contra la Alcaldesa de Yopal Luz Marina Cardozo, por no cumplir un fallo de Acción Popular que ordena abrir la carrera 26 contigua al centro comercial Alcaraván.

El Juzgado además compulsó copias a la Procuraduría General de Nación para que se investigue disciplinariamente, por cuanto ni la Alcaldesa, ni la apoderada asistieron a la Audiencia de verificación que se tenía programada la semana anterior.

El Juzgado resolvió declarar violados los derechos e intereses colectivos y ordenó a la Alcaldía de Yopal y a la Fiduciaria Bancolombia S.A. Sociedad Fiduciaria en calidad de vocera del Fideicomiso P.A. Alcaraván Yopal P.A. realizar los estudios necesarios y pertinentes para la construcción de la vía carrera 26 que conecte con la calle 30, adecuación de la calle 28 hasta la carrera 29 y mejoramiento de la carrera 28 a la calle 30.

Dicha determinación se tomó de acuerdo con el Plan de Ordenamiento Territorial a la ejecutoria de la sentencia, además de las posibles afectaciones y expropiaciones a que haya lugar.

La Administración Municipal deberá adecuar la calle 30 y su respectivo separador vial para que las personas que transitan por la carrera 28 puedan tomar la carrera 30 hacia el Oriente sin tener que ir hasta la carrera 23.

El Juzgado dio un tiempo perentorio de 12 meses para dar cumplimiento así: tres meses para realizar los estudios y la contratación y nueve meses más para la construcción y adecuación de las vías, en la proporción de 50% para el municipio de Yopal y 50% para la Fiduciaria Bancolombia S.A. Sociedad Fiduciaria en calidad de vocera del Fideicomiso P.A. Alcaraván Yopal P.A.

Igualmente dentro del fallo se señala que el diseño, la ejecución, puesta en servicio y mantenimiento de las soluciones tendrán que garantizar la movilidad eficiente, segura y permanente de los usuarios de la carrera 27 y demás vías que confluyen a ella, desde el centro de la ciudad cuando menos hasta la calle 30, sin perjuicio de la futura prolongación prevista en el POT 2013 de Yopal, lo último a cargo de la municipalidad. Igualmente deberán guardar consonancia con las vías existentes en cuanto a forma, extensión y demás características.

Para la verificación del cumplimiento a la Sentencia se ordenó la conformación de un Comité que tenga a su cargo la continuidad de los procesos escriturales, el cual estará integrado por un representante del municipio de Yopal, un representante de Fiduciaria Bancolombia S.A. Sociedad Fiduciaria en calidad de vocera del Fideicomiso P.A. Alcaraván Yopal P.A, el Personero Municipal y el actor popular.

La Audiencia de verificación citada por el Juez Segundo Administrativo de Yopal, Anibal Acosta estaba prevista para la semana anterior, sin embargo ni la Alcaldesa, ni su Abogada asistieron y tampoco acreditaron el cumplimiento del fallo por lo que ordenó remitir copias la Procuraduría y abrir incidente de desacato contra la funcionaria.

Por su parte el Centro Comercial compareció a través de su Gerente en Yopal y una Abogada, quienes acreditaron cumplimiento parcial de sus obligaciones.

La Acción había sido interpuesta desde el año 2010 por el ciudadano Álvaro Pamplona y 6 años después se conoce una determinación por parte de la justicia.


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