Hoy a las 8 de la mañana en el nuevo Palacio de Justicia se cumple la audiencia de juicio oral contra 6 ex concejales por el delito de constreñimiento ilegal y violencia contra servidor público, quienes habrían emitido amenazas contra la vida e integridad de dos de sus compañeros de la Corporación edilicia en hechos ocurridos en el 2009.
Los implicados son los ex concejales, Oromairo Avella Ballesteros, José Reinaldo Pérez, Rafael Ernesto González Peña, Alejandro Barragán Unda, Germán Orozco Barrera y Rafael Castro Buitrago, cuando ejerciendo su cargo habrían intimidado a los Concejales Gladys Amparo Sanabria Gutiérrez y Cristóbal Torres Pérez para que mediante vídeos se auto incriminaran e involucrarán a miembros de la Administración Municipal de la entonces Alcaldesa Lilian Fernanda Salcedo en una serie de negociaciones indebidas sobre procesos contractuales de la Alcaldía y la Empresa de Acueducto y Alcantarillado, obligándolos a firmar la carta de renuncia y letras de cambio.
Los hechos que se habrían registrado en el mes de abril de 2009, tuvieron lugar en la casa del extinto Concejal Luis Carlos Pérez, donde se habrían generado esas amenazas para garantizar la votación de Proyectos de Acuerdo municipal en la forma como los imputados lo decidieran.
Imputados ya están inhabilitados por 18 añosEn fallo de segunda instancia en el 2012 la Procuraduría General de la Nación a través de la Primera Delegada para la Vigilancia Administrativa, confirmó la sanción de destitución e inhabilidad general por el término de 18 años en contra de los señores Oromairo Avella Ballesteros , José Reinaldo Pérez Piragauta, Luis Carlos Pérez Barrera (Q.E.P.D), Rafael Ernesto González Peña, Alejandro Barragán Unda, German Barrera y Rafael Castro Buitrago, en condición de concejales de la Administración "Yopal vive el cambio".
La falta fue calificada como gravísima por estar contenida en el artículo 48 de la Ley 734 de 2002, por encuadrar en el comportamiento imputado en el delito de violencia contra servidor público, de conformidad al artículo 429 del código penal - Ley 599 de 2000. La conducta de los disciplinados les fue imputada a título de dolo.