El Juzgado Segundo Administrativo de Yopal declaró nulo el acto administrativo contenido en el Acuerdo número 23 de 25 de diciembre de 2013 expedido por el Concejo Municipal “Por medio del cual se autorizó al Alcalde Municipal a suscribir el contrato de Concesión de los servicios asociados a registro único nacional de tránsito -Runt, parqueadero, grúas, y la sistematización del procedimiento contravencional, la implementación de fotomultas y el apoyo técnico y logístico a la gestión del cobro coactivo de la Secretaría de Tránsito y Transporte del Municipio de Yopal.
Igualmente se declaró nulo el contrato de concesión 1048 de 8 de septiembre de 2014 suscrito ente el municipio de Yopal y la Unión Temporal Servicios Tecnológicos de Transito “Setty”.
Además el despacho ordena al Representante legal del Municipio de Yopal que se expida el acto administrativo debidamente motivado declarando la terminación del contrato 1048 de 2014 y de sus Otrosí, ordenando su respectiva liquidación en el estado en que se encuentra, precisando que dicha actuación no impedirá el reconocimiento y pago de las prestaciones ejecutadas hasta el momento de la declaratoria, siempre y cuando se probare que la entidad estatal se ha beneficiado y únicamente hasta el monto del beneficio que esta hubiera obtenido.
El Juzgado Segundo concedió el término de un mes contado a partir de la respectiva notificación.
La demanda había sido interpuesta por Rene Leonardo Puentes Vargas, Heyder Alexander Silva García, Cesar Augusto Zorro, Juan Vicente Nieves, José Humberto Barrios y Julián Fonseca.
Contra la decisión procede una segunda instancia.
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