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Comisión Interamericana de Derechos Humanos admitió caso contra Colombia por falso positivo en Aguazul

 La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) admitió el caso presentado por los familiares de Bautista Leguizamón Riaño (Q.E.P.D.), con ocasión de su muerte, ocurrida el 18 de marzo de 2006, en la vereda La Graciela del municipio de Aguazul, para que se investigue la muerte del hombre, quien desapareció en 2006 cuando se desplazó hacia su lugar de trabajo. En 2010 sus restos fueron encontrados luego de que fuera enterrado por efectivos del Ejército como no identificado muerto en combate con el ELN.

Según sus familiares, efectivos de la institución en varias ocasiones señalaron a su familiar de hacer parte de esa guerrilla intimidándolo y hasta tomándole fotografías. Además, luego de su desaparición denunciaron que misteriosamente los militares no volvieron a su casa.

"...incluso le tomaron una fotografía y las huellas dactilares a Bautista Leguizamón Riaño. Además, en el mes de enero de 2006 registraron sin orden judicial la casa", se lee en el documento.

El caso llega a instancias internacionales después de que los familiares de Leguizamón evidenciaran que se ha mantenido en la impunidad, porque luego de su desaparición y de que la Fiscalía asumiera la investigación, por tratarse de una presunta ejecución extrajudicial, se completa cerca de una década sin respuestas, debido a que ningún militar ha sido condenado o absuelto por la jurisdicción ordinaria.

El estado colombiano se opuso a que la Comisión Interamericana aceptara investigar el caso indicando que los familiares no habían agotado todas las acciones legales en Colombia y que no había demoras injustificadas en su resolución, pero el órgano internacional rechazó de plano su argumento.

"El transcurso de más de catorce años desde la comisión de esta ejecución extrajudicial sin que se haya avanzado a la etapa de juzgamiento, configura una demora injustificada en la resolución de una investigación penal que no se caracteriza por una especial complejidad, puesto que se relaciona con un solo crimen, cuyos presuntos perpetradores son al menos cuatro agentes de la Fuerza Pública que ya han sido claramente individualizados y vinculados al proceso penal", concluyó la Comisión.

Los familiares de Leguizamón ya fueron objeto de medidas de reparación ordenadas por el Tribunal Administrativo del Casanare, que en su ámbito de competencia ordenó indemnizarlos al comprobar que la muerte de la víctima se trató de una ejecución extrajudicial y declaró a la Nación - Ministerio de Defensa Nacional – Ejército Nacional, administrativamente responsable por los perjuicios ocasionados a la familia del difunto Bautista Leguizamón Riaño.



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