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Corte Suprema ratificó condena contra 8 soldados que asesinaron a pareja de campesinos en Sabanalarga

 La Corte Suprema de Justicia, ratificó la condena contra ocho soldados regulares adscritos a la Brigada 16, a los que condenó a pagar 43 años y medio de prisión por el asesinato en 2009 de Braulio José Barrera y Nancy Omaira Fernández, en zona rural de Sabanalarga.

La decisión reza: "Un grupo de soldados ejecutaron extrajudicialmente a una pareja de campesinos de Casanare que no tenían la condición de combatientes dentro del conflicto armado interno colombiano y por lo tanto eran objeto de protección por el Derecho Internacional Humanitario".

El 4 de octubre de 2009, el cabo primero Julio David Rivas Vergara, que estaba al mando de una escuadra contraguerrilla en el Batallón de Infantería No. 44 Ramón Nonato Pérez, unidad táctica orgánica de la Décimo Sexta Brigada del Ejército, ubicada en Tauramena, obtuvo una autorización de sus superiores para desplazarse, junto con sus hombres, al sector de Villa Carola, con el fin de verificar la ubicación de un hombre que tenía orden de captura.

No obstante, los uniformados no se dirigieron a ese lugar, sino a la finca El Banco, vereda San Pedro en Sabanalarga y hacia las 10:30 de la noche, ingresaron al predio armados preguntando por 'el patrón'.

Ante esta situación, Braulio José Barrera, de 65 años y su cónyuge Nancy Omaira Fernández, de 52 años, residentes de la finca, trataron de escapar por una ventana al ver que les apuntaban con armas largas, pero los uniformados procedieron a dispararles indiscriminadamente con fusiles calibre 5.56, causando la muerte del señor Barrera y dejando gravemente herida a la señora Fernández.

Por estos hechos, los soldados fueron condenados en septiembre de 2018 por el Juzgado Único Especializado del Circuito de Yopal a pagar 43 años y medio de prisión. Sentencia que fue revocada por la Sala Única de Decisión del Tribunal Superior de Yopal en fallo de noviembre de 2018, que los absolvió.

Esta última decisión fue impugnada por la Fiscalía y el Ministerio Público y, tras revisarla, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia acaba de concluir que el cabo mintió a sus superiores, realizó un operativo que debía hacerse en conjunto con los agentes de policía judicial, y en compañía de los soldados atacó indiscriminadamente a los habitantes de la vivienda y, luego, desplegó conductas para ocultar lo sucedido.

Por lo anterior, el alto tribunal determinó ratificar la condena de primera instancia contra los soldados Celio Héctor Jesús Moreno Rojas, Álvaro Javier Romero Cortés, Luis Alberto Bacares Pérez, Luis Alberto Álvarez Ortega, Luis Ariel Torres Aguilar, Jesús Antonio Vargas Amaya, Gerson Yiber Villamarín Corrales y Luis Óscar Angulo Pai, como coautores de homicidio en persona protegida, consumado y en grado de tentativa.

En la investigación también estaban vinculados el cabo primero Julio David Rivas Vergara, contra quien se decretó la preclusión del proceso por muerte y los soldados Johan Stiguar Femayor Mosquera, que no fue acusado, por cuanto participó de mecanismos de colaboración con la justicia y Édgar Orley Buitrago Martínez, que se sometió a la Justicia Especial para la Paz (JEP).



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