El Tribunal Administrativo de Casanare ordenó al Instituto de Vivienda, Gestión Urbana y Rural de Yopal (INDEV) abstenerse de talar el árbol de especie Caracaro ubicado en la calle 10 entre carrera 19 y la Marginal del Llano, mientras se adelantan estudios técnicos para determinar el tratamiento adecuado de la especie.
La decisión quedó consignada dentro de una medida cautelar de oficio adoptada por el despacho judicial, que, aunque negó las medidas cautelares solicitadas por los demandantes, dispuso acciones inmediatas para garantizar la protección del árbol y la seguridad de los habitantes del sector.
El Tribunal concluyó que existen conceptos técnicos contrapuestos, pues mientras Corporinoquia autorizó la tala por riesgo, un informe forestal del propio INDEV recomendó solo manejo fitosanitario y poda, al considerar que no era necesaria su eliminación total.
Ahora según la providencia, el INDEV deberá coordinar con la Alcaldía de Yopal y Corporinoquia una visita técnica especializada para evaluar el estado fitosanitario del ejemplar y definir las intervenciones requeridas. Además, se ordenó realizar podas preventivas y otras acciones de manejo que eviten la caída de ramas sobre viviendas, establecimientos comerciales y transeúntes.
El Tribunal estableció un plazo de cinco días, contados desde la notificación de la decisión, para efectuar la visita técnica y elaborar el diagnóstico correspondiente. Posteriormente, las entidades tendrán quince días adicionales para ejecutar las actividades definidas e instalar la señalización necesaria en el área.
La medida también ordena al INDEV abstenerse de realizar cualquier tala o aprovechamiento forestal del árbol de manera permanente, mientras se desarrolla el proceso judicial y se cumplen las acciones técnicas ordenadas por la corporación.