Una familia víctima de la guerrilla por cuenta de sus posturas políticas y que fue despojada de su predio urbano, ubicado en Puerto Rico, Meta, será compensada por la Unidad de Restitución de Tierras. Entretanto, la actual ocupante continuará residiendo en la vivienda, según lo contempla el fallo proferido por Tribunal Superior de Bogotá.
En 1984, el jefe del hogar adquirió un lote de 199 metros cuadrados ubicado en el barrio El Morichal, en el cual construyó habitaciones, baños, cocina, sala comedor y una bodega que arrendó para el funcionamiento del juzgado municipal. Con el tiempo, el hombre contrajo matrimonio, empezó a residir allí con su nueva esposa y luego con sus dos hijos.
Trascurría el año 1992, cuando la violencia se agudizó en la zona, el padre del solicitante, quien pertenecía al Partido Liberal, fue asesinado por las Farc y como si fuera poco sufrimiento para esta familia, también un hermano del reclamante quien fungía como concejal fue ultimado en represalia por su labor de oposición a las acciones de la guerrilla.
Tras estos homicidios, el solicitante de tierras, fue retenido por hombres armados mientras viajaba en su embarcación entre Puerto Toledo y Puerto Lleras, además fue golpeado y acusado de ser auxiliador del Ejército. Como consecuencia de estas intimidaciones y nuevas amenazas recibidas mediante un panfleto en el que la guerrilla le daba la instrucción de “hacer un documento” en favor de un tercero conocido como “Antonio Tolima”, el hombre se vio obligado a vender la propiedad por la suma de $4 millones y no tuvo más opción que desplazarse junto con su familia hacia Villavicencio y posteriormente a Bogotá.
Con el paso del tiempo, el predio solicitado en restitución, fue vendido a otra persona y luego a una mujer, quien argumentó que adquirió la propiedad de manera lícita y que no está vinculada con grupos al margen de la ley. Luego, ella reclamó su derecho de continuar viviendo en esa casa.
El director de la Unidad de Restitución de Tierras en Meta, César Santoyo, indicó que “con la entrada en vigencia de la Ley 1448 de 2011, la familia víctima presentó la solicitud ante la URT que ejerció su representación judicial, logrando así que la justicia emitiera sentencia a su favor”.
“En esta sentencia, el Tribunal ordena a la Unidad la aplicación de la compensación como medida reparadora a la familia despojada, mientras que la mujer residente en el predio continuará habitándolo al ser reconocida su calidad de ocupante de buena fe exenta de culpa”.
Puntualizó Santoyo que la familia beneficiaria tendrá acceso a la oferta institucional del Estado en materia de reparación integral.