La compañía petrolera Geopark confirmó durante una reunión con Corporinoquia y la Oficina para Asuntos Petroleros de Paz de Ariporo que desistió del proyecto debido al impacto ambiental que se hubiera generado en el área de forma irreversible.
Gorrión hace parte del proyecto petrolero Llanos 62 y es una de las 2 plataformas de perforación de hidrocarburos que hasta la fecha la empresa Geopark buscaba instalar en el área de influencia de la laguna La Cristalina, ubicada en la vereda San Esteban sector El Alcaraván en la jurisdicción del municipio de Paz de Ariporo.
El principal motivo que llevó a la empresa petrolera Geopark a desistir en la instalación de “Gorrión” se debió a las dificultades evidenciadas para construir el acceso al punto de la plataforma, ya que estas intervenciones previstas aislarían zonas que constituyen corredores biológicos indispensables para la migración de fauna silvestre, impactando el área de forma irreversible.
Corporinoquia ha venido realizando seguimiento a la zona durante las dos estaciones del año identificando que durante la época seca la laguna no sufre mayor disminución en sus niveles de agua y que esto está directamente relacionado con la interconexión hidrodinámica y la conservación que existe entre los múltiples ecosistemas del área.
Cambiarán “Gorrión” por “Lechuza”Sin embargo el proyecto contempla la instalación de otra plataforma petrolera que llevaría el nombre de “Lechuza”, ante esto Corporinoquia entregó recomendaciones para que en caso de prever el desarrollo de la actividad, se contemplen previamente las medidas ambientales enfocadas a realizar una caracterización e individualización de los ecosistemas junto a la dinámica hidráulica de estos, ya que se conectan entre sí, en temporada de altas precipitaciones.
No obstante, y a pesar de que el proyecto continúa, “Corporinoquia como autoridad ambiental regional encargada de velar por el uso eficiente, sustentable y sostenible de los recursos naturales, siendo el recurso hídrico el de mayor relevancia para el desarrollo de comunidades, no considera pertinente la intervención (construcción de vías de acceso e infraestructura asociada a las locaciones Lechuza y Gorrión), dada la importancia y la fragilidad de estos ecosistemas, así como lo indicado en el Principio de Precaución establecido en la Ley 99 de 1993: Si existe peligro de daño grave e irreversible, que pese a no tener certeza científica sobre dicho peligro, se deben adoptar la medidas eficaces para impedir la degradación del medio ambiente”.
Recomendación plasmada en el concepto técnico realizado por Corporinoquia que será remitido a la Anla para que dentro de sus competencias tome las medidas necesarias de protección que requiera el área que es de vital importancia para la zona de recarga hídrica, conservación de fauna y reserva ecológica de la región; así como a la Procuraduría Ambiental y Agraria, municipio de Paz de Ariporo y a la empresa petrolera Geopark.