La Alcaldía de Yopal se habría gastado 100 millones de pesos en masajes, baños turcos y viajes a Cartagena, y según la Procuraduría habría irregularidades al probablemente salirse de las normas contractuales.
A los investigadores del órganos de control les llamó la atención que la alcaldía considerara que también es relevante la relajación de sus funcionarios.
“La Procuraduría General de la Nación abrió una indagación por cuatro contratos firmados por la Alcaldía de Yopal, donde se evidencian gastos innecesarios cercanos a los 100 millones de pesos en masajes corporales y baños turcos para los funcionarios de esa administración al igual que viajes a la ciudad de Cartagena”, indica el informe del organismo de control.
Para el Ministerio Público resulta preocupante dados los problemas que ha tenido la capital de Casanare, con el suministro de agua potable a sus habitantes.
Según los hechos materia de investigación, el programa denominado “sistema de estímulos para servidores públicos de la administración” se basa en premios para los empleados sobresalientes, indicó en los canales de televisión el Secretario Jurídico de la Alcaldía de Yopal, Adriano Pérez Jácome.
“A los trabajadores de la alcaldía se les dan esta clase de estímulos para que continúen con el buen trabajo. Puede incluir ir a un spa, temas deportivos, todo lo que genere un mejor ambiente para que el trabajador pueda desarrollarse mejor”, dijo el jefe de la oficina jurídica de Yopal, Pérez Jácome.
ALCALDÍA DE YOPAL ACLARA INFORMACIÓN
El asesor jurídico de la Alcaldía de Yopal, Adriano Alfonso Pérez Jácome, hizo claridad sobre la información transmitida por el Canal RCN Televisión en las emisiones del día lunes 6 de los corrientes, según la cual la Administración Municipal habría suscrito 4 contratos para proveer masajes, baños turcos y viajes a Cartagena a sus funcionarios durante 2012.
Pérez Jácome fue enfático en señalar que estos contratos hacen parte del Sistema de Estímulos para los Empleados del Estado ordenado en el Decreto Ley 1567 de 1998, en la Ley 909 de 2004 que regula el Empleo Público y la Carrera Administrativa, el Decreto 1227 de 2005 y demás Decretos Reglamentarios, en los cuales se ordena que las Entidades Públicas deberán organizar programas de estímulos con el fin de motivar el desempeño eficaz y el compromiso de sus empleados, los cuales se implementarán a través de programas de bienestar social.
“Son varios contratos consistentes en un Plan de incentivos y de Bienestar Social, cuando nosotros entramos a la Administración encontramos que la Contraloría había hecho glosas porque no se estaba aplicando el Plan de Incentivos de Bienestar Social que prevé la ley 909 y los Decretos que en su materia corresponden y se hizo lo que la Ley ordena”, explicó el asesor jurídico de la Alcaldía.
En el caso de los viajes a Cartagena estos se autorizaron para ocho (08) funcionarios del nivel asistencial (secretarias), que obtuvieron las mejores calificaciones en las evaluaciones de desempeño que se hacen anualmente, sobre eficiencia y calidad en el desempeño laboral.
“El otro contrato tiene que ver con un bono para asistir a un Spa que está dentro de las políticas que manejan las aseguradores de riesgos laborales porque han encontrado gran cantidad de estrés en los funcionarios, por las malas posturas que adoptan, por cúmulo de trabajo, inclusive por el hacinamiento que padece la Alcaldía y esto obedece también a las encuestas que se hacen durante todo el año, para poder nosotros determinar qué es lo que se va a hacer para el Plan de Incentivos y Bienestar Social”, aclaró el funcionario.
Agregó que la Administración Municipal está obligada por Ley, a brindar un entorno laboral, recreativo y de capacitación a todos sus funcionarios, especialmente a los de Carrera Administrativa, lo cual se concerta anualmente con la Comisión de Personal, que está integrada por dos delegados de los trabajadores de la Alcaldía y dos Secretarios, buscando que los funcionarios tengan cada día un mejor clima laboral, que les permita desempeñar sus funciones con esmero y dedicación.
A continuación parte del Decreto 1227 de 2005, Reglamentario de la Ley 909 de 2004 y del Decreto Ley 1567 de 1998.
DECRETO 1227 DE 2005
(abril 21)
Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 909 de 2004 y el Decreto-ley 1567 de 1998.
CAPITULO II
Sistema de estímulos
Artículo 69. Las entidades deberán organizar programas de estímulos con el fin de motivar el desempeño eficaz y el compromiso de sus empleados. Los estímulos se implementarán a través de programas de bienestar social.
Artículo 70. Las entidades públicas, en coordinación con los organismos de seguridad y previsión social, podrán ofrecer a todos los empleados y sus familias los programas de protección y servicios sociales que se relacionan a continuación:
70.1. Deportivos, recreativos y vacacionales.
70.2 Artísticos y culturales.
70.3. Promoción y prevención de la salud.
70.4. Capacitación informal en artes y artesanías u otras modalidades que conlleven la recreación y el bienestar del empleado y que puedan ser gestionadas en convenio con Cajas de Compensación u otros organismos que faciliten subsidios o ayudas económicas.
70.5. Promoción de programas de vivienda ofrecidos por el Fondo Nacional del Ahorro, los Fondos de Cesantías, las Cajas de Compensación Familiar u otras entidades que hagan sus veces, facilitando los trámites, la información pertinente y presentando ante dichos organismos las necesidades de vivienda de los empleados.