El gerente del IDURY, Rafael Nayib Fonseca, se reunió con delegados de los diferentes Partidos y Movimientos Políticos, para socializar el Decreto 134/2015, por medio del cual se adoptan normas reglamentarias sobre publicidad política electoral en el municipio de Yopal, para las elecciones del próximo 25 de octubre.
Durante la reunión se les explicó a los delegados, que el Consejo Nacional Electoral tiene reglamentado el número máximo de cuñas radiales y otros elementos publicitarios para los municipios dependiendo de su categoría, por lo que en el caso de Yopal se autorizaron hasta treinta (30) cuñas radiales diarias de veinte segundos por Partido o Movimiento Político, distribuidas en las diferentes emisoras, sin exceder el número máximo autorizado.
Otros elementos o piezas publicitarias autorizadas en el Decreto 134/2015 son hasta seis (06) avisos del tamaño de una página, ocho (08) vallas publicitarias con un área máxima de 48 mts2, las cuales deberán reunir algunas características. También se autorizan por Partido o Movimiento Político hasta ocho (08) murales, publicidad que deberá ser retirada ocho días después de finalizada la contienda electoral.
Dicho Decreto, de igual manera trata sobre la prohibición de colocar publicidad política en árboles, postes de energía, de teléfonos, parques, zonas comunales, zonas verdes, zonas destinadas a la recreación, edificios de entidades públicas, zonas que a juicio de Corporinoquia e IDURY sean declaradas reserva y control ambiental, y en general, en todo tipo de bien de uso público. De igual forma, queda totalmente prohibida la publicidad en perifoneo, parlantes o amplificadores móviles.
Los delegados presentes se comprometieron en difundir la información suministrada a los demás integrantes y seguidores de cada uno de los Partidos y Movimientos para no infringir la noma, trabajar de la mano con el Instituto y denunciar las irregularidades en caso de llegar a presentarse.
Cualquier mensaje de Publicidad Exterior Visual colocada en lugares prohibidos, incurrirá en multa por valor de uno y medio a diez salarios mínimos legales mensuales vigentes, y en caso de no poder ubicar al propietario de la Publicidad la multa podrá aplicarse al anunciante, dueños, arrendatarios o usuarios del inmueble que permitan la colocación de dicha publicidad.
El permiso para la colocación de la publicidad política exterior será otorgado por el Instituto de Desarrollo Urbano y Rural de Yopal –IDURY.