La Alcaldía de Yopal confirmó en segunda instancia una sanción contra la sociedad INDECO S.A.S., relacionada con obras ejecutadas en el predio denominado La Manareña. La decisión, adoptada mediante resolución del 11 de agosto de 2026, mantiene una multa cercana a los $350 millones y una orden de demolición de las obras y actividades realizadas en el terreno, dentro de un proceso policivo por una presunta infracción urbanística.
El asesor jurídico de la Alcaldía de Yopal, Édgar Iván Paerez Carvajal, informó que el caso se originó a partir de un informe de la Secretaría de Planeación, en el que se reportaron movimientos de tierra, parcelaciones y apertura de vías internas, además de posibles afectaciones ambientales. Según la información expuesta por la Oficina Jurídica, el predio es de carácter rural y está destinado a actividades agrícolas y pecuarias, mientras que las actuaciones encontradas no contarían con las licencias urbanísticas ni ambientales requeridas. La empresa, por su parte, sostuvo durante el proceso que las intervenciones correspondían exclusivamente a labores agrícolas.
El asesor jurídico de la Alcaldía de Yopal, Édgar Iván Paerez Carvajal, explicó que la decisión inicial fue adoptada por el corregidor de El Charte y posteriormente apelada por la empresa. Sin embargo, la Alcaldía señaló que en segunda instancia se confirmó la medida al considerar que los elementos incluidos en el expediente respaldaban la existencia de una infracción urbanística. La orden contempla la demolición de las obras ejecutadas en el predio y establece además que los prestadores de servicios públicos se abstengan de realizar nuevas conexiones en el lugar.
De acuerdo con la Oficina Jurídica, dentro del proceso solo aparece identificada INDECO S.A.S. como responsable de las actividades objeto de investigación, representada legalmente por Linda Isabel Torres Uvieta, pero presuntamente promovidas por el condenado urbanizador ilegal Jhon Jairo Torres, alias “Jhon Calzones”. Las autoridades indicaron que no existe dentro del expediente identificación de un grupo de compradores o de las supuestas 10.000 personas que se mencionan alrededor del proyecto. También señalaron que la resolución quedó en firme tras agotarse la segunda instancia en la vía administrativa.
La orden de demolición deberá cumplirse dentro de los cinco días siguientes a la notificación del acto administrativo. En caso de incumplimiento, la administración indicó que podrá ejecutar la medida y adelantar el cobro coactivo de la multa, con los intereses correspondientes. El caso vuelve a poner en discusión el riesgo de comercializar terrenos rurales sin los permisos correspondientes, mientras la Alcaldía asegura que actualmente tiene identificados más de 32 proyectos que presentarían incumplimientos para su comercialización como urbanizaciones.