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FENDIPETRÓLEO PRESENTARÁ HOY SU RECURSO POR SANCIÓN A SECCIONALES DE CASANARE Y BOYACÁ

FENDIPETRÓLEO PRESENTARÁ HOY SU RECURSO POR SANCIÓN A SECCIONALES DE CASANARE Y BOYACÁ
Según el encargado temporal de la administración de Fendipetróleo, Gabriel Ricardo Maya Maya, se debe aclarar que se trata de una decisión que no está en firme ya que contra ella procede el recurso de reposición, el cual se presentará entre hoy y mañana, aunque cuentan con un plazo hasta el 23 de diciembre. Así mismo, anunció que este caso es controvertible. Para Maya es importante establecer que la multa no es toda para Fendipetróleo Nacional, sino que es compartimentada con las demás firmas sancionadas y con la seccional de Boyacá-Casanare

El caso se basa en que mediante la Resolución No. 71794 del 12 de diciembre de 2011, el superintendente de Industria y Comercio, José de la Calle, sancionó a la Federación Nacional de Distribuidores de Derivados del Petróleo -Fendipetróleo Nacional- y la Federación Nacional de Distribuidores de Derivados del Petróleo Seccional Boyacá y Casanare, por la infracción al artículo 1 de la Ley 155 de 1959 y el numeral 2 del artículo 48 del Decreto 2153 de 1992, al influenciar a las estaciones de servicio del municipio de Duitama para que incrementaran los precios de la gasolina corriente y el Acpm o no realizaran rebajas de los mismos.

En la mencionada resolución, también se sancionó a estaciones de servicio por violar lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 45 del Decreto 2153 de 1992 en concordancia con el numeral 1 del artículo 47 del Decreto 2153 de 1992, al realizar un acuerdo para la fijación de los precios de los combustibles mencionados. Se trata de la Distribuidora de Combustibles El Sol S.A. - Dicosol S.A., estación de servicio La Isla Ltda., Cooperativa de Transportadores Rápido Chicamocha - Cootrachica, Cooperativa de Transportadores Flotax Duitama - Cooflotax, estación de servicio Villa del Río Ltda., Comercializadora de Combustibles y Transportes Ltda.- Comertrans Ltda y a Orlando Becerra Barrera, administrador de la estación de servicio La Dorada.

También fueron objeto de sanción, los representantes legales de las agremiaciones y estaciones de servicio vinculadas por haber autorizado, ejecutado o tolerado conductas contrarias a la competencia.

Las conductas reprochadas están relacionadas con los hechos: 1. De acuerdo con las pruebas de la investigación, dentro de las que se incluyen comunicaciones y grabaciones, se demostró que la Federación pretendía que sus asociadas unificaran los márgenes de comercialización de los combustibles (gasolina corriente y Acpm) y no disminuyeran los precios por debajo de lo señalado cada mes por dicha agremiación. 2. Se probó que Fendipetróleo Nacional participó a través de su presidente Ejecutivo en las discusiones adelantadas por la Seccional, relativas a la fijación del precio de los combustibles y al mantenimiento de los márgenes de comercialización. 3. Se encontró que había identidad en el precio de venta de los combustibles ofrecido por algunas de las estaciones de servicio del municipio, y que a su vez coincidía con lo sugerido por la Seccional, sin que se encontrara explicación razonable para tal circunstancia.

Según la SIC, se presentaron repercusiones negativas para los consumidores de Duitama quienes, de 2007 a 2009, tuvieron que asumir un sobrecosto de $998.509.761 en gasolina corriente y de $2.542.413.224 en Acpm. Se impuso una multa de $1.071.200.000 a agremiaciones y a empresas, así como $160.680.000 a cada una de las personas naturales por su responsabilidad personal.


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