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Lo que se debe saber de la ley Zidres, según el Gobierno Santos

Lo que se debe saber de la ley Zidres, según el Gobierno Santos
La Casa de Nariño expidió un comunicado sobre la nueva ley sancionada por el Presidente Juan Manuel Santos, que según el Gobierno Nacional promueve la inclusión social del trabajador agrario, y busca objetivos como aumentar la productividad, impulsar el desarrollo social y económico, y fomentar el empleo rural y la seguridad alimentaria, entre otros.

¿Qué son las Zidres?

Las Zonas de Interés de Desarrollo Rural, Económico y Social (Zidres) son territorios especiales, aptos para la agricultura, la ganadería, la pesca o los desarrollos forestales, pero alejados de los centros urbanos, con baja densidad de población y limitada infraestructura. El Gobierno ha creado estas zonas –que por su naturaleza demandan altas inversiones para que sean productivas– con el fin de desarrollar planes rurales integrales, fortalecer la sostenibilidad ambiental y fomentar el desarrollo económico y social de sus habitantes.

¿Qué beneficios traerán las Zidres para los ciudadanos?

Aumentarán la disponibilidad de tierra para desarrollos agroindustriales. Los proyectos productivos aprobados en las Zidres gozarán de una política de incentivos y estímulos, siempre y cuando vinculen como asociados al pequeño o mediano productor sin tierra. Asimismo facilitarán que los campesinos y trabajadores involucrados en su desarrollo adquieran sus propias tierras.

¿Cómo se identifican y delimitan?

El proceso de identificación de las Zidres estará a cargo de la Unidad de Planeación Rural y Agropecuaria (UPRA). La delimitación de las Zidres será establecida por el Gobierno Nacional a través de un documento Conpes.

¿Cómo se constituyen las Zidres?

Mediante decreto, el Consejo de Ministros aprobará la constitución de las Zidres, una vez identificadas las áreas potenciales y su delimitación.

¿Quiénes pueden hacer parte de una Zidres?

Cualquier persona, natural o jurídica, puede hacer parte de una Zidres.

¿Cómo se puede hacer parte de una Zidres?

Para hacer parte de las Zidres es necesario presentar un proyecto productivo ante el Ministerio de Agricultura. El proyecto debe ser administrativa, financiera, jurídica y ambientalmente viable; debe garantizar la compra de la producción a precios del mercado; debe ser compatible con las políticas de seguridad alimentaria del país; y debe ajustarse al ordenamiento territorial de la región donde sea implementado.

¿Existe algún tipo de acompañamiento para la presentación del proyecto productivo al pequeño y mediano productor?

Sí. La ley contempla que el pequeño y mediano productor que decida adelantar proyectos productivos en las Zidres contará con el apoyo técnico de las entidades prestadoras del servicio de asistencia técnica directa rural.

¿Se requiere ser propietario de un bien inmueble rural para hacer parte de una Zidres?

No. Los ocupantes de buena fe podrán hacer parte de las Zidres. Las personas a quienes no se les puedan formalizar sus derechos de propiedad podrán celebrar contratos que permitan el uso, goce y disposición de la superficie de los predios. Aquellos trabajadores agrarios que no sean propietarios de los predios que harán parte de una Zidres podrán vincularse como asociados al proyecto productivo, siempre que se establezca un mecanismo que permita, antes de los tres primeros años de iniciado, que estos se hagan propietarios de un porcentaje de tierra, fijado por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

¿Qué tratamiento recibirán los bienes baldíos de la nación dentro de una Zidres?

Para la ejecución de proyectos productivos dentro de una Zidres se podrá solicitar al Gobierno Nacional la entrega en arriendo de bienes baldíos de la Nación. La duración de esta entrega se determinará según los ciclos productivos de los respectivos proyectos. La entrega de los baldíos dará lugar al pago de una contraprestación en dinero, que será destinada al Fondo de Desarrollo Rural, Económico e Inversión.

¿Es necesario desprenderse de la titularidad de la tierra para hacer parte de una Zidres?

No es necesario desprenderse de la titularidad de la tierra para hacer parte de una Zidres. Los propietarios que no deseen desprenderse de su derecho de dominio podrán asociarse a los proyectos productivos.

¿Qué restricción contempla la ley para la constitución de las Zidres?

No podrá haber Zidres en resguardos indígenas o zonas de reserva campesina debidamente establecidas por la entidad competente o en territorios colectivos titulados o en proceso de titulación de las comunidades negras. Tampoco podrán crearse en territorios que comprendan áreas declaradas y delimitadas como ecosistemas estratégicos, parques naturales, páramos y humedales.

¿Las comunidades étnicas no podrán hacer parte de las Zidres?

Los consejos comunitarios o las autoridades reconocidas legalmente como representantes de las zonas de reserva campesina y territorios colectivos titulados podrán, bajo expresa solicitud avalada por el Ministerio del Interior, solicitar al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural ser incluidos dentro de los procesos de producción establecidos para las Zidres. Esta posibilidad no aplica para las comunidades indígenas.

¿Los campesinos y mujeres rurales pueden hacerse propietarios de la tierra?

Los proyectos productivos que vinculen campesinos, mujeres rurales o a trabajadores agrarios sin tierra deberán establecer un mecanismo que permita que, antes de tres años, estos se hagan propietarios de un porcentaje de la tierra.

¿Los recursos del Fondo de Desarrollo Rural serán destinados únicamente al financiamiento de las Zidres?

Los recursos del Fondo de Desarrollo Rural, Económico e Inversión serán invertidos preferencialmente en la adquisición de tierras destinadas a campesinos y trabajadores agrarios sujetos de reforma agraria, con el propósito de contribuir a un desarrollo agrario integral a nivel nacional.

10 Claves de las Zidres

1. La ley de ZIDRES no entrega la propiedad de los bienes baldíos de la Nación.

2. Se darán incentivos y estímulos a los proyectos que vinculen a pequeños y medianos campesinos.

3. Podrá haber ZIDRES solo de campesinos.

4. Nunca se otorgarán ZIDRES sin dar pleno derecho de propiedad a los campesinos.

5. No habrá ZIDRES en resguardos indígenas o zonas de reserva campesina establecidas.

6. No habrá ZIDRES en ecosistemas estratégicos, parques naturales, páramos y humedales.

7. Las ZIDRES permiten a los grandes empresarios asociarse con campesinos.

8. Esta no es una ley de baldíos y no va a limitar el acceso a la tierra.

9. Los pequeños y medianos productores tendrán el apoyo del Ministerio de Agricultura, que contribuirá para que sus proyectos pro-ductivos sean viables. Los grandes lo harán ellos mismos.

10. En las ZIDRES se podrá hacer uso de las alianzas público-privadas para el desarrollo de infraestructura pública y sus servicios asociados en beneficio de la respectiva zona.


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