El Tribunal Administrativo de Casanare requirió a los Alcaldes de Aguazul, Hato Corozal, Maní, Sácama, Támara, Trinidad y Villanueva para que revelen y acrediten las soluciones que tengan en ejecución para disponer los residuos sólidos en sus jurisdicciones.
Los municipios deberán entregar el documento en menos de cinco días so pena de apertura de incidente de desacato.
El Contencioso Administrativo igualmente requirió al Ministro de Vivienda Ciudad y Territorio para que, con vista en sus registros, dé a conocer la fecha más reciente de radicación de los proyectos de ampliación del relleno sanitario “Cascajar”; así mismo entregue un informe sobre la indicación del autor o responsable de cada proyecto y resumen ejecutivo de los alcances técnicos.
El Tribunal requirió mediante fallo a la Empresa de Acueducto de Yopal para que acredite haber radicado los estudios, anexos o complementos de la solicitud de modificación de licencia ambiental para eventual construcción de las trincheras 10 y 11 en el “Cascajar, deberá hacerlo antes de la expiración del plazo que fijó Corporinoquia y justificar para el proceso la fecha límite para iniciar ejecución material de los trabajos para contener la emergencia sanitaria que se avizora.
Además, conmina a Corporinoquia para que priorice el pronunciamiento con respecto a la solicitud de modificación de la licencia ambiental dada la proximidad de expiración de la vida útil de operación del relleno sanitario “Cascajar”.