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Trabajos de aprovechamiento forestal realizados por Covioriente cumplen con la normatividad ambiental

Trabajos de aprovechamiento forestal realizados por Covioriente cumplen con la normatividad ambiental
Por Arauca C. K. Coronell López

Covioriente aclara a toda la comunidad interesada que, la Concesionaria cumple con la normatividad ambiental para la ejecución del proyecto y por ende cuenta con los permisos requeridos para el aprovechamiento forestal que se adelanta en el corredor Vial Villavicencio – Yopal para la construcción de las obras.

Específicamente para la Unidad Funcional 7- tramo Aguazul - Yopal, donde se realizará la construcción de una segunda calzada de aproximadamente 25 km y el mejoramiento de la calzada existente, Corporinoquia como Autoridad Ambiental competente expidió las resoluciones 500.41-17-0377 del 10 de marzo de 2017 y 500.41-17-0684 del 24 de mayo de 2017 (ésta última modifica algunos apartes de la resolución de otorgamiento) mediante las que se definen los alcances de los permisos otorgados correspondientes al aprovechamiento forestal y ocupación de cauce para el desarrollo del Proyecto “Corredor Vial Villavicencio – Yopal” entre Aguazul y la capital de Casanare.

En virtud de los permisos de aprovechamiento forestal concedidos a Covioriente, está concesionaria adelanta las actividades necesarias para la obra y está sujeta al seguimiento de Corporinoquia.

En el marco de este permiso para el tramo Aguazul – Yopal, Covioriente y Corporinoquia realizaron convenios que definen las compensaciones ambientales, encaminadas a los proyectos de formulación y fortalecimiento de acciones para mejorar la calidad del recurso hídrico, adquisición de predios en áreas de importancia estratégica, consolidación de áreas protegidas y ecosistemas estratégicos en la jurisdicción de Corporinoquia, determinación de la oferta y la demanda hídrica de las fuentes superficiales en la jurisdicción de la Corporación y el desarrollo de la evaluación regional del recurso hídrico.

Con referencia a la Unidad Funcional 1, sector entre Villavicencio y Cumaral, Covioriente tiene la Licencia Ambiental 0366 del 06 de abril de 2017 y para las unidades funcionales 2 a 6, es decir desde Cumaral hasta Aguazul se cuenta con los permisos expedidos por Cormacarena en el Meta y Corporinoquia en Casanare y Paratebueno, Cundinamarca.

La ley 99 de 1993 faculta para la administración de los recursos naturales a las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, de manera que son las llamadas a otorgar los permisos correspondientes para el uso de los recursos naturales cuando es su competencia, así como evaluar y definir las medidas de compensación aplicables.

La ley 1228 de 2008 determina las fajas mínimas de retiro o derecho de vía, espacio de 30 metros a lado y lado del eje de la vía cuando la calzada es sencilla, y 20 metros desde el eje de la calzada externa cuando se trata de más de una calzada. Dichas fajas deben estar despejadas y libres de elementos contundentes, incluidas especies arbóreas, por la seguridad de los usuarios de la vía.


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