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Admitida demanda electoral contra elección de la Asamblea Departamental de Casanare

 El Tribunal Administrativo de Casanare admitió la demanda electoral contra el acto de declaratoria de elección de la Asamblea Departamental en lo que atañe a los partidos Liberal Colombiano, Cambio Radical, Alianza Verde y Alianza Social Independiente.

La demanda fue interpuesta por Gustavo Adolfo Prado Cardona, quien solicitó que declare la nulidad de inscripción de las listas de candidatos de los partidos en mención, así como la nulidad del acto de escrutinio, la nulidad del acta expedida por la comisión escrutadora de Casanare correspondiente a la declaratoria de elección de los disputados y la nulidad de las credenciales contenidas en el formulario E2.

La razón de la demanda argumenta que los partidos en cuestión no cumplieron con la ley de cuotas, al inscribir un número menor de mujeres en sus listas, a las exigidas por la ley.

Prado Cardona, como demandante pidió al Tribunal que declare nulas las elecciones de los diputados Lady patricia Bohórquez, Olfan Bocanegra, Rudy Esmeralda Bohórquez, York Cortés, Blanca Lilia Vargas, Heyder Silva y Zoraida Barreto, pues en sus listas los partidos no tuvieron en cuenta la participación equitativa del 30 por ciento de mujeres en la lista.

Argumentó en su alegato que, si se inscriben 11, mínimo deberían ser 4 y los partidos en mención inscribieron 3.

En el caso de Marco Tulio Ruiz, no aplica la demanda de nulidad, porque su designación como diputado obedece a que fue segundo candidato a la Gobernación de Casanare con mayor votación.

Entre tanto, los partidos Centro Democrático, La U y MAIS-Polo que cumplieron y eligieron diputados no se incluyen en la demanda.

 























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