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Cumaral dijo NO a la industria petrolera

Cumaral dijo NO a la industria petrolera
El municipio de Cumaral en el Meta le dijo NO este domingo a la explotación petrolera. De 15.782 personas aptas para votar acudieron a las urnas 7.703, votando 7.475 a favor del NO a los trabajos de sísmica, perforación exploratoria y producción de hidrocarburos. Apenas 183 ciudadanos manifestaron querer la industria petrolera en su región. Los votos nulos fueron 28 y no marcados 17.

La pregunta que respondieron los ciudadanos fue: “¿Está usted de acuerdo con que dentro de la jurisdicción del MUNICIPIO de CUMARAL (META) se ejecuten actividades de exploración sísmica, perforación exploratoria y producción de hidrocarburos?”.

Mediante el decreto No. 35 de marzo 24 de 2017, el alcalde de Cumaral, Miguel Caro, había convocado a sus habitantes a decidir sobre el futuro del proyecto petrolero Llanos 69, que se desarrolla en 22.650 hectáreas de este municipio del Meta.

Según los argumentos de la alcaldía municipal, el contrato de Exploración y Producción de Hidrocarburos No. 009 de 2012, celebrado entre la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) y la empresa china Mansarovar Energy “afectará de manera irreparable el recurso hídrico contenido en: ríos, caños, nacederos, morichales, lagunas, fauna y flora en general y aljibes, que incluso surten del recurso natural (agua) a otros municipios distintos a Cumaral como El Calvario, Restrepo, Villavicencio y Medina, en los departamentos del Meta y Cundinamarca”.

Desde el año 2013 la empresa Mansarovar Energy tiene los derechos para explorar y explotar el bloque Llanos 69, que comprende los municipios metenses de Villavicencio, El Calvario, Restrepo, Cumaral y el pueblo cundinamarqués de Medina.

Cada vez es menor el área de trabajo de la compañía, porque en Villavicencio se presentaron reparos ya que su exploración en el piedemonte podría afectar la bocatoma del acueducto en quebrada La Honda. En el municipio de El Calvario las comunidades indicaron la inconveniencia de hacer sísmica en zona montañosa de la vereda San Agustín, y en Restrepo la negativa popular al proyecto fue masiva.

De acuerdo con la Registraduría Nacional del Estado Civil la decisión tomada por los habitantes del municipio de Cumaral (Meta) será obligatoria, según la Ley 1757 de 2015 que reza sobre mecanismos de participación ciudadana: "Cuando la pregunta sometida al pueblo haya obtenido el voto afirmativo de la mitad más uno de los sufragios válidos, siempre y cuando haya participado no menos de la tercera parte de los electores que componen el respectivo censo electoral”.


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