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Aprobación en Concejo de Yopal de Consulta Popular es una absoluta desobediencia a la Corte Constitucional según petroleras

Aprobación en Concejo de Yopal de Consulta Popular es una absoluta desobediencia a la Corte Constitucional según petroleras
Pese a lo dictado por la honorable Corte Constitucional en sentencia de unificación SU 095 de 2018, la Comisión Accidental designada por el Concejo Municipal para el estudio de la viabilidad sobre la consulta popular que pondría en consideración de los habitantes de Yopal ´la prohibición de actividades sísmicas, perforación y producción de hidrocarburos´, emitió concepto positivo.

El concejal ponente, Juan Vicente Nieves, expuso la necesidad de llevar a cabo un mecanismo de participación que refleje la opinión de la comunidad frente al contrato de ´Exploración y Producción de Hidrocarburos No 24 del 10 de septiembre de 2007´ celebrado entre la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) y la empresa Talismán Colombia Oil Gas LTD.

“Es necesario realizar la consulta y que sea el pueblo quien elija la mejor opción para el municipio. Es de conocimiento público el rechazo de la comunidad por el proyecto petrolero El Portón y en especial por el pozo de Prosperidad 1. El impacto ambiental de este proyecto en la zona donde se ejecuta y en la cual existen pozos profundos que hoy son la salvación para el suministro de agua en Yopal, preocupa a los habitantes de la región”, manifestó Nieves.

Sin embargo, persisten dudas en los corporados debido a que la honorable Corte Constitucional estableció límites sobre las materias por decidir en una consulta popular territorial. En sentencia de unificación estableció que la consulta popular territorial no es el mecanismo idóneo para decidir sobre el suelo y subsuelo en su conjunto.

La Comisión Accidental, conformada por los concejales Juan Vicente Nieves, Heyder Silva, Alexander García, Mayerly Muñoz y Julián Fonseca, aprobó los términos en que está formulada la pregunta establecida para la consulta popular del municipio de Yopal: ¿Está usted de acuerdo que se realicen actividades sísmicas, perforación y producción de hidrocarburos en zonas estratégicas de recarga y abastecimientos hídrico en el área urbana y de expansión urbana y en las veredas: Palomas, Sirivana, La Unión, Picón-Arenal. El Garzón, Manantiales, La Calceta, Guayaque, Tacarimena, San Rafael de Morichal, Upamena, Bella Vista, ¿Santa Fe de Morichal y la Manga del Municipio de Yopal?

El segundo debate se llevará a cabo el próximo 28 de diciembre en sesión plenaria.

Absoluta desobediencia a la señalado por la Corte Constitucional según petroleras

Por su parte, fuentes de la industria petrolera consultadas por este medio señalaron que, es contundente la reciente decisión de la Sala Plena de la Corte Constitucional contenida en la sentencia SU-095 de 2018 que prohíbe en forma absoluta vetar en los municipios las actividades de exploración y explotación de minería e hidrocarburos y que la decisión de la Comisión Accidental del Concejo Municipal de Yopal, deja en evidencia su absoluta desobediencia a la señalado por la Corte.

“La consulta popular no puede utilizarse para definir si en un territorio se realizan o no actividades de exploración o explotación del subsuelo o de recursos naturales, ya que la competencia en esta materia no radica en forma absoluta en cabeza de los municipios, y por ello excede su competencia, pues existen competencias de este tipo radicadas en el nivel nacional que no es posible desconocer porque tales competencias han sido definidas constitucionalmente”, señala el fallo de la Corte Constitucional.

“Mientras el Concejo de Yopal, en su sesión del 24 de diciembre de 2018 pasa por alto lo decidido por la máxima autoridad constitucional de nuestro país en cuanto a Consultas Populares y desconoce la crisis económica por la que atraviesan los yopaleños, la operadora Gran Tierra adelanta procesos de contratación con nueve (9) empresas contratistas del área de influencia del Proyecto Prosperidad 1 y de Yopal, generando más de cien (100) oportunidades laborales para la mano de obra calificada y no calificada local”, señaló la fuente consultada.

Añadió que, “Sí se trata de proteger el agua como los afirma el Concejal Nieves y que claramente es la preocupación de toda la población, la empresa Gran Tierra acatando las disposiciones del Tribunal de Casanare, ANLA, Corporinoquia y el Servicio Geológico construyó la Red de Monitoreo de la mano de empresas locales y con la participación de la comunidad como garantes del proceso de tal forma que se va garantizar que el pozo Prosperidad no afectará los acuíferos de Yopal. Entonces nos preguntamos, habiendo tantas necesidades en la población de Yopal es justo que el Alcalde financie una Consulta Popular solo por el interés de unos Concejales que iniciaron sus campañas políticas?”, cuestionó.


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