El Consejo de Estado en fallo del 29 de julio de 2015 revocó un fallo proferido por el Tribunal Administrativo de Casanare en el 2009 y mediante medio de control de reparación directa, declaró patrimonialmente responsable a la Fiscalía General de la Nación, por la privación injusta de la libertad del señor Luís Eduardo Correa Valbuena.
En la misma decisión del alto tribunal, se condena a la Fiscalía General de la Nación a pagar por conceptos de perjuicios morales, los siguientes valores a favor del afectado y su familia:
Luís Eduardo Correa Valbuena – 90 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Nohora Esperanza Pinzón Daza (Compañera) - 90 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Yira Tatiana Correa Pinzón (Hija) - 90 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Arcelia Maria Correa Valbuena – 45 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Igualmente se condena a la Fiscalía General de la Nación, por concepto de perjuicios materiales, en la modalidad de daño emergente, a favor del señor Luís Eduardo Correa Valbuena, por la suma de $ 142´260.695.
El fallo del Consejo de Estado igualmente condena a la Fiscalía General de la Nación, por concepto de perjuicios materiales, en la modalidad de lucro cesante, a favor del señor Luís Eduardo Correa Valbuena, por la suma de $126.099.185.