Por posibles irregularidades en contratación, la Procuraduría General de la Nación citó a audiencia pública al señor Óscar Raúl Iván Flórez Chávez, en su condición de Gobernador del departamento de Casanare, actualmente suspendido, y al señor Rodrigo Tadeo Flechas Ramírez, en su condición de Director de Contratación de ese departamento y de Secretario Técnico de los comités evaluadores.
La diligencia se llevará a cabo el 9 de junio de 2011, a las 10:00 a.m., en la sala de audiencias del piso 4.° del edificio central de la Procuraduría General de la Nación, ubicado en la Carrera 5 N° 15-80 de la ciudad de Bogotá.
Cargos endilgados al señor Flórez Chávez
De acuerdo con la investigación, el señor Flórez Chávez posiblemente se extralimitó en sus funciones al reasumir, parcialmente, sin que mediara acto administrativo, las funciones que había delegado en el Director de Contratación para adelantar varios procesos de selección abreviada y dos concursos de méritos en los que participó, directamente, al suscribir los actos administrativos previos y los respectivos contratos.
-También se le reprocha su posible participación directa en la etapa precontractual y contractual de varios procesos de selección, en los que se habría incluido en los pliegos de condiciones cláusulas excluyentes, presuntamente orientadas a favorecer a los proponentes a quienes se les adjudicó el correspondiente proceso contractual.
-En tercer lugar se le investiga por su presunta omisión en el cumplimento de sus deberes de vigilar, controlar y evitar que las publicaciones en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP) se realizaran por fuera de los términos previstos.
-Adicionalmente, se cuestiona al señor Flórez Chávez porque, al parecer, en desarrollo de un contrato de consultoría suscrito en febrero de 2011, comprometió recursos destinados para la salud del departamento por la suma de $215’288.332,31, desconociendo la correcta y adecuada inversión de los recursos públicos.
Conductas reprochadas al señor Rodrigo Flechas Ramírez
-La Procuraduría Primera Delegada para la Contratación Estatal investiga la conducta del señor Flechas Ramírez, quien habría participado en las etapas precontractual y contractual de varios procesos de licitación pública de 2010 y en varios concursos de mérito desconociendo, posiblemente, las disposiciones constitucionales y legales que regulan la actividad contractual.
-Ello por cuanto incorporó en los pliegos de condiciones factores de calificación establecidos en la ley como habilitantes y cláusulas excluyentes que, al parecer, no permitieron la concurrencia de varios oferentes y que, presuntamente, estaban orientadas a favorecer al adjudicatario; permitió de otro lado, que se afirmara que se realizaron las visitas a los sitios de las obras objeto de algunos procesos de selección, cuando éstas nunca se realizaron y no se respetó el término del traslado de los informes de evaluación previstos en la ley.
-De otra parte el entonces servidor habría permitido que no se publicaran algunos documentos en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP), habría permitido que no se respetaran los términos legales para realizar la publicación de los actos derivados de la actividad precontractual y contractual en general desarrolladas en los años 2010 y 2011 y habría vulnerado los principios de publicidad y concurrencia que regulan la función administrativa.
-El tercer cargo endilgado tiene que ver con su participación en un proceso de licitación pública adelantado en el año 2010 por cuanto, previamente, a la convocatoria pública y a la apertura de éste habría elaborado el pliego de condiciones definitivo y la evaluación jurídica de la única propuesta presentada.
-Finalmente se le cuestiona al señor Flechas Ramírez la presunta suscripción de actos de apertura, adendas a los pliegos de condiciones, actas de audiencia de adjudicación y actos de adjudicación en cinco procesos de selección de 2010, pese a que mediante dos resoluciones se habían encargado las funciones de la Dirección de
Contratación a otro funcionario.
Por todo lo anterior, el Ministerio Público señaló que no existe evidencia de que el entonces Gobernador Óscar Raúl Flórez Chávez haya adoptado alguna medida de control y vigilancia de la actividad precontractual y contractual que delegó, para evitar las graves irregularidades que al parecer cometió el Director de Contratación del departamento de Casanare, por lo que también le formuló cargos al haber delegado toda la actividad contractual y no ejercer vigilancia alguna en las actuaciones del delegatario.
En desarrollo de la audiencia pública los investigados podrán rendir su versión de los hechos y presentar las explicaciones que consideren necesarias respecto de los cuestionamientos disciplinarios. En esa intervención pueden aportar o pedir la práctica de las pruebas que consideren necesarias para su defensa.