El Tribunal Administrativo de Casanare, en fallo de segunda instancia, absolvió al municipio de Yopal de responsabilidad por la muerte de Luis Antonio Niño Barragán, ocurrida el 4 de noviembre de 2021 en el Hospital Regional de la Orinoquía (HORO), luego de que la víctima fuera atacada por un enjambre de abejas en el cementerio municipal, administrado por la Alcaldía de Yopal.
La decisión judicial cerró de manera definitiva el proceso de reparación directa interpuesto por los familiares de la víctima, quienes solicitaban una indemnización superior a los 1000 millones de pesos, argumentando una presunta falta de mantenimiento y omisión por parte del municipio.
El Asesor Jurídico de la Administración Municipal, Edgar Paerez, explicó que, de acuerdo con el fallo, los magistrados concluyeron que el hecho correspondió a un evento de fuerza mayor, es decir, un suceso imprevisible y propio de la naturaleza, sin que se lograra probar negligencia, omisión o falla en el servicio por parte de la administración municipal.
El Tribunal ratificó lo ya decidido en primera instancia por el Juzgado Quinto Administrativo de Yopal, en marzo de 2025, al considerar que, aunque se comprobó que el fallecimiento se produjo por múltiples picaduras de abejas en las instalaciones del cementerio, no se demostró un nexo causal entre el daño y una conducta omisiva del municipio.
Explicó el abogado que, durante el proceso, la Alcaldía acreditó que contaba con contratos vigentes de prestación de servicios, así como con labores de mantenimiento, control de plagas y deshierbe, lo que permitió establecer que cumplía con sus deberes de administración. Además, las pruebas indicaron que no existían denuncias previas por presencia de abejas en el lugar y que estos insectos no tenían permanencia en el sitio, pudiendo tratarse de un fenómeno de migración temporal de la especie.
El fallo también recogió testimonios del Cuerpo de Bomberos y de especialistas en apicultura, quienes confirmaron que no hubo reportes anteriores sobre colmenas en el cementerio y que no era posible determinar una estadía prolongada de los insectos en el área.
La decisión reiteró que el hecho, aunque doloroso y lamentable, excedió la capacidad de previsión del municipio, cerrando así de forma definitiva el proceso judicial iniciado por los familiares de la víctima.