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Fiscalía imputó cargos a Concejal de Paz de Ariporo por captación ilegal de dinero, estafa agravada y urbanización ilegal

Fiscalía imputó cargos a Concejal de Paz de Ariporo por captación ilegal de dinero, estafa agravada y urbanización ilegal
Ayer se cumplió la Audiencia de imputación de cargos en el Juzgado Promiscuo Segundo Municipal de Paz de Ariporo contra la Presidente del Concejo Municipal Martha Yolima Barrios Colmenares.

Los tres delitos que le imputa la fiscalía general de la nación son, captación ilegal de dinero, estafa agravada y urbanización ilegal.

La Concejal Barrios no acepto cargos.

La Concejal prometió hace 4 años en época electoral como miembro del Partido de la U, 201 viviendas en la urbanización “Tejares del Norte”, captó dinero y no cumplió su promesa, pero según los cálculos habría recogido más de 400 millones de pesos, de a 2 millones por usuario.

La Fiscal solicitó ayer medida de aseguramiento, la cual no fue otorgada por el Juez, al no tener anotaciones judiciales y ser madre cabeza de hogar.

La fiscalía argumentó que considera que la Concejal Barrios representa un peligro para la sociedad, pues continua captando recursos, prometiéndole a la gente que el proyecto se va a culminar.

Las víctimas quienes contrataron un abogado defensor, insistieron en que se le cobije con medida de aseguramiento ante las informaciones de que la política estaría planeando radicarse en Suiza.

Abogado defensor de la Concejal Barrios hizo precisiones

Santiago Esteban Caballero Díaz, Abogado defensor de la Concejal Martha Barrios, envió una comunicación en la que solicita realizar algunas precisiones, ya que considera “están llamadas a crear un ambiente difamatorio en contra de la administración de Justicia y de quienes acudimos con fe a ella”.

Transcribimos textualmente la nota del abogado:

“La primera es que la Concejal Martha Barrios no tiene intención alguna de evadir la justicia, de tal forma que se ha presentado a las diligencias programadas para buscar dentro de los términos de la ley y la responsabilidad política que su cargo exige, demostrar la inocencia sobre los cargos que se le imputan.

La segunda es que las víctimas no se presentaron a la audiencia como partes dentro del proceso y por lo tanto no insistieron dentro de los términos de ley, como tampoco lo hizo la Fiscalía General de la Nación, se le impusiera medida de aseguramiento alguna. Es de anotar que la medida solicitada no fue jamás una medida intramuros ni de detención domiciliaria, sino presentación ante el juez y la obligación de presentar buena conducta y aun así el despacho la negó por los motivos expuestos en el alegato del suscrito”.


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