A través del Decreto No. 0023 de 2013, la Alcaldía de Yopal declaró la Emergencia Sanitaria, por la epidemia de Enfermedad Diarreica Aguda, cuyo principal vehículo de transmisión es el agua y ante el riesgo de presentación de nuevos brotes o epidemias.
La declaratoria se realizó teniendo en cuenta lo recomendado por la Secretaría de Salud, tanto Municipal como Departamental, y por el Consejo Municipal de Gestión del Riesgo, aclarando que si bien es cierto que el número de casos tiende a la baja como consecuencia de todas las medidas tomadas al respecto, no significa que el riesgo haya desaparecido.
Aclara el Decreto, que puede ocurrir un rebrote o que en algunas semanas o meses después de superada la epidemia se pueda tener otra por el mismo u otro agente infeccioso, mientras no se le disminuya la probabilidad de que esto ocurra con un sistema de acueducto que garantice una mejor potabilización del agua, es decir, el riesgo está latente.
Al amparo de la declaratoria de Emergencia Sanitaria y para mitigar los efectos ocasionados por la situación de emergencia, la Administración Municipal desarrollará en conjunto con las entidades municipales, departamentales y nacionales, las acciones de promoción y prevención para la salubridad pública.
La autoridad ambiental deberá entregar al Consejo Municipal de Gestión del Riesgo un informe pormenorizado, de la situación ambiental de las fuentes de abastecimiento del sistema de acueducto de Yopal, así como de la vigilancia de los vertimientos que a este se hagan, deberá además construir un plan de contingencia integral para la protección de las fuentes de abastecimiento.
Se creará de igual manera, un grupo técnico interinstitucional con funcionarios de Salud Municipal, Departamental, Instituto Nacional de Salud, Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Yopal y Corporinoquia, el cual estará acompañado de la Personería Municipal, la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría Ambiental, quienes actuarán como garantes.
Este grupo técnico tendrá la función de investigar en qué parte del sistema de Acueducto se presentó o se está presentando la contaminación, y de realizar la toma de muestras de agua para la vigilancia de otros parámetros que no haga el Laboratorio de Salud Pública Departamental y crea pertinente que se deban hacer durante la investigación, para poder constatar que el agua está libre del rotavirus u otro agente infeccioso que no se haya analizado todavía, y entregará un informe al Consejo Municipal de Gestión del Riesgo.
El Decreto contempla recomendaciones y directrices para las Instituciones Prestadoras de Salud públicas y privadas, además de medidas y recomendaciones especiales para la comunidad para evitar que la epidemia se propague.