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TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CASANARE SUSPENDIÓ LICENCIA AMBIENTAL A PROYECTO MINERO EN EL RÍO TÚA

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CASANARE SUSPENDIÓ LICENCIA AMBIENTAL A PROYECTO MINERO EN EL RÍO TÚA
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CASANARE SUSPENDIÓ LICENCIA AMBIENTAL A PROYECTO MINERO EN EL RÍO TÚA
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CASANARE SUSPENDIÓ LICENCIA AMBIENTAL A PROYECTO MINERO EN EL RÍO TÚA
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CASANARE SUSPENDIÓ LICENCIA AMBIENTAL A PROYECTO MINERO EN EL RÍO TÚA
El Tribunal Administrativo de Casanare falló a favor de los demandantes de una acción popular contra INGEOMINAS, Corporinoquia, Municipio de Monterrey y el señor Miguel Ernesto Espitia Doncel, como causantes de la violación de los derechos colectivos relacionados con el ambiente, la sostenibilidad y equilibrio ictiofáunico, fáunico y ecológico en el rio Túa, derecho al disfrute, goce y utilización de los bienes de uso público y la salubridad y seguridad pública a causa de la licencia otorgada para extraer y comercializar material de arrastre del rio Túa.

El Tribunal declaró inejecutable el contrato de concesión FAD-092 de 2005 y suspendió provisionalmente la licencia ambiental hasta por el termino de 1 año a partir de la notificación de este fallo, tiempo en el cual el propietario del título podrá, si lo considera, cumplir con las condiciones sustanciales omitidas a fin de que sea estudiado nuevamente la viabilidad y continuidad del contrato de concesión y revalidar la licencia ambiental.

El contencioso Administrativo ordenó al municipio de Monterrey realizar campañas socioculturales por cualquiera de los medios de comunicación disponibles para que las personas que participan en el Festival de Verano y hacen uso de las aguas del río Túa, adopten una conducta adecuada para proteger esos intereses colectivos.

La Administración Municipal deberá colocar recipientes de recolección de basuras en las áreas señaladas anteriormente para evitar la contaminación del río y recogerlas con la frecuencia que sea necesaria para evitar que se dispersen por el lugar y ser llevadas a sitios autorizados por la autoridad ambiental para su disposición final.

De igual manera señala el fallo que el municipio de Monterrey deberá construir un sitio adecuado en los lugares de mayor concentración humana en las actividades de afluencia masiva para que las personas puedan realizar sus necesidades fisiológicas, a fin de evitar la contaminación del río y orillas aledañas.

Para el cumplimiento de estas acciones el Tribunal concedió un término de 8 meses, al cabo de este el municipio deberá presentar un informe con los resultados obtenidos.

Esta acción popular fue interpuesta por Luis Alirio Vargas Rojas con la coadyudancia de Ricardo Alfredo Gómez Samaniego y José Luis Morales Hernández, radicada el 31 de enero de 2013 y admitida el 4 de febrero del mismo año.

El fallo es firmado por los magistrados Juan Antonio Figueroa Burbano, Néstor Trujillo González y Héctor Alonso Magistrados del Tribunal Administrativo de Casanare.

ANTECEDENTES

El 14 julio más de 150 personas se apostaron al lado y lado de la vía hacia la vereda “la Tigrana”, en protesta por el título minero otorgado a un supuesto familiar del desaparecido jefe esmeraldero Víctor Carranza.

A pesar de exhibir una licencia minera, los contratistas de una firma privada, no pudieron ingresar al paraje en el rio Túa, en donde se disponían a iniciar la explotación del material de esa fuente hídrica.

Las comunidades regiomontunas se oponían a dicha explotación, pues señalaban que el daño ambiental sería muy grave.

“Para acceder al río, se requiere además del permiso minero, el otorgamiento de la servidumbre por parte del alcalde y de los dueños de los predios que permiten al acceso al río”, señalaron en esa oportunidad voceros de la comunidad.

Las comunidades piden al alcalde de Monterrey convocar a una consulta popular a fin de finiquitar de una vez por todas este tema de la explotación minera en las fuentes hídricas.

fallo-accion-popular-tua-monterrey.pdf [664.53 Kb] (descargas: 101)


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