Mediante la Resolución No. 340 la Alcaldía de Yopal declaró anoche la Nulidad en el Proceso contractual de Licitación Pública No. M YC A-SOPY-LP-Q02-2015 cuyo objeto era "Contratar por el sistema de concesión la operación, reposición, modernización, mantenimiento, administración y expansión del sistema de alumbrado público en el municipio de Yopal”.
La Administración del Alcalde Jorge García Lizarazo, justificó que al verificarse el contenido de la Licitación se advirtió por parte de la Administración que “con respecto a la cuantía del contrato, no obedece a lo plasmado en los estudios previos ni en los pliego de condiciones: la cuantía del contrato no corresponde a la realidad del negocio jurídico a celebrar por cuanto el proceso está por un valor de tres mil quinientos ochenta y tres millones setecientos sesenta y dos mil cuatrocientos cuarenta pesos ($3.583.762.440.00) y al sumar el valor de las actividades de inversión que debe realizar el concesionario supera los dieciséis mil millones de pesos, lo que cambia todas las variables de capacidad jurídica, técnica y financiera que se le deben exigir a los oferentes en un contrato de esta cuantía”.
Con respecto a la violación del principio de Planeación, advierte la Alcaldía que “en el paquete técnico que sirve de base para dar la apertura del presente proceso de licitación, se encuentra que no existen estudios y diseños para la ejecución de las actividades de inversión que se plantea realizar durante el tiempo de vigencia de la concesión, lo que se evidencia es un documento denominado -Estudio técnico, económico y jurídico para determinar la alternativa más favorable para la prestación del servicio de alumbrado público del municipio de Yopal-, el cual relaciona la inversión inicial, pero no contiene la información mínima para la realización de las obras proyectadas como sería un presupuesto oficial detallado, planos georreferenciados de los puntos a intervenir, análisis de precios unitarios, con los soportes técnicos anexos en el documento”.
Verificado el documento se evidencia simplemente un ajuste al valor de la inversión para tomar como base la prestación de ese servicio, lo que una vez en ejecución el contrato podría presentarse una lesión al patrimonio público del municipio de Yopal, ya que la reposición de luminarias no es parte de la inversión en alumbrado público, este componente está dirigido al mantenimiento propio del servicio de alumbrado.
En el Resuelve la Administración decidió ordénar la nulidad absoluta, por objeto ilícito, de todo lo actuado dentro del Proceso de Licitación Pública MYCA-SOPY-LP-002-2015 cuyo objeto es cuyo objeto era "Contratar por el sistema de concesión la operación, reposición, modernización, mantenimiento, administración y expansión del sistema de alumbrado público en el municipio de Yopal”.
Contra la Resolución no proceden recursos.
El Concejal Leonardo Puentes Vargas, uno de los principales críticos de dicha concesión, recordó que hace ocho meses comenzó a denunciar la evidente ilegalidad e inconveniencia de entregar el servicio de alumbrado público a particulares por 25 años. “Nuestro llamado fue desconocido por la administración municipal y sólo el pronunciamiento del Juez Primero Administrativo de Yopal logró detener en el mes de marzo este golpe mortal a las finanzas públicas de nuestra capital”, dijo.
Calificó de acertada la decisión tomada por parte del Alcalde designado de Yopal y dijo que recoge todos los argumentos que se le presentaron al juez en la Acción Popular, instaurada en nombre de los intereses del pueblo yopaleño en febrero de este año. “El tiempo nos está dando la razón. El camino correcto es el de la legalidad”, afirmó.