El Tribunal Administrativo de Casanare declaró fundadas las objeciones hechas por el Alcalde del municipio de Yopal, Leonardo Puentes, al proyecto de Acuerdo número 017 de 20 de septiembre de 2018 por medio del cual se adoptan medidas excepcionales de orden fiscal, para la recuperación de algunas rentas del municipio de Yopal y se modifican los artículos 42, 89, 155 y 611 del Acuerdo 013 de 2012 (estatuto de rentas.
Dicha iniciativa fue llevada hasta el Contencioso Administrativo debido a que el Concejo negó en el mes de octubre las objeciones del Acuerdo que tiene como propósito aumentar el recaudo a través de la disminución de las sanciones e intereses moratorios de los impuestos municipales (predial, impuesto industria y comercio, entre otros)
Para entonces los concejales señalaron que fue objetado por el Alcalde de Yopal por vicios de legalidad y constitucionalidad, mientras que el Presidente de la Corporación Christian Rodrigo Pérez, indicó que desafortunadamente el acuerdo había sido mal interpretado, pues se enfocaron en explicar beneficios tributarios y no en la esencia del acuerdo, que era la depuración contable.
Dentro de las objeciones está por ejemplo que se autorice al Alcalde para que elabore y reglamente un capítulo transitorio vigente hasta el 30 de junio de 2019, en el manual de cartera del municipio, donde fije en cada casa una disminución entre el 30% y 70% de todas las sanciones impuestas permitiéndole a los contribuyentes que se acojan a los principios del Artículo.
El Alcalde manifestó que se trata de una amnistía y no un beneficio tributario pues lo autoriza para realizar una disminución de todas las sanciones impuestas, es decir obligaciones tributarias ya causadas y debidas a la Administración Municipal.
Esas entre otras modificaciones con las que se busca hacer ajustes tributarios para mejorar las finanzas del Municipio.