Prenslibre casanare noticias minuto a minuto

Nuestro canal en youtube PrensaLibreCasanare
Camel ingenieria

Demanda del IFC contra Reaserfin ahora será dirimida por Centro de Conciliación

Demanda del IFC contra Reaserfin ahora será dirimida por Centro de Conciliación
El Tribunal Administrativo de Casanare se declaró incompetente en el litigio jurídico que sostiene el Instituto Financiero de Casanare y Reaserfin en un contrato para la recuperación de cartera de créditos estudiantiles y remitió el expediente al Centro de Conciliación, arbitraje y amigable composición de la Cámara de Comercio de Casanare.

La pretensión de este asunto es que se declare la nulidad absoluta del contrato número 227 de 2015 suscrito con Reaserfin, por cuanto se estableció el pago de honorarios equivalentes al 20% sobre el valor del capital e intereses recaudados, siendo lesivo para el erario porque se recibirá dicho porcentaje, aun sin iniciar actividades de cobro.

Dentro de la demanda se señala que el gerente del IFC no estaba autorizado para celebrar el contrato y pagar honorarios del 20% de lo recaudado con cargo a capital, intereses y rendimientos.

Igualmente se cuestiona la falta de idoneidad económica y financiera del contratista, además de una posible duplicidad de actividades, teniendo en cuenta que la Gobernación de Casanare adquirió un software con el propósito de implementar y poner en marcha el sistema de información de cartera para la administración control de los créditos estudiantiles.

Además el IFC suscribió el contrato 630 del 29 de febrero de 2015 con la Gobernación de Casanare y en desarrollo del mismo celebró el contrato 092 del 27 de marzo de 2017, cuyo objeto era la prestación de servicios profesionales para la coordinación del proceso de cartera de créditos educativos otorgados en el marco del convenio Fondo departamento de Casanare-ICETEX, de las vigencias 1993 a 2009. Situación que evidencia que las actividades de depuración, organización y liquidación ya se habían realizado, pero en el contrato 227 de 2015 se contratan nuevamente.

El abogado apoderado del IFC señaló que, “la discusión que no debía ser abordada por un tribunal de arbitramento, máximo si lo que se glosa es la estructuración del clausulado mismo del contrato, añadió que no se estaba discutiendo aspectos de la ejecución del contrato y lo que se pone de presente es una irregularidad en la etapa precontractual, para que surtido el trámite de rigor se declare que el contrato está viciado y es ilegal”.


Comentarios

escucha radio online
Cerrar
Cerrar