El Tribunal Administrativo de Casanare negó la demanda interpuesta por el Sindicato de Maestros de Casanare mediante la cual pretendían que se declarara la nulidad de la Resolución 034 de 15 de enero de 2018 que contempla la suspensión del pago de unas primas extralegales a docentes y directivos docentes en el Departamento, las cuales eran financiadas con recursos del sistema general de participaciones.
Con la decisión unilateral del Gobierno Nacional se vieron afectados desde enero en Casanare 350 docentes con el descuento que oscila en un millón de pesos a cada maestro.
Los profesores se oponían a la suspensión de ese beneficio, del cual muchos gozaron desde hace 30 años cuando se ordenó el pago de la prima de clima para los docentes que laboraran en esta región del país.
“Las primas extralegales suspendidas no fueron creadas por el Gobierno Nacional, pues su origen lo fue una ordenanza de la Asamblea de Boyacá que fue declarada nula por inconstitucionalidad”, argumentó la Defensa del Departamento dentro del proceso.
Y agregó que la prima de clima se trató de una prestación social ilegalmente creada por la Asamblea de Boyacá, que no se extendió por actos generales a todos los docentes que se vincularon a la Intendencia de Casanare después de proferida la Ley 19 de 1973, ni hace parte de beneficios derivados del régimen de prestaciones sociales nacionales que ordenó preservar para los docentes la Ley 91 de 1989.