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ICA estableció requisitos para movilización legal de madera

 El ICA estableció requisitos y procedimientos para el registro de plantaciones forestales comerciales y la expedición de certificados de movilización de productos de transformación primaria obtenidos de las plantaciones registradas, con el fin de fortalecer la sanidad forestal y garantizar la legalidad de los cultivos forestales que se registren ante el Instituto, en cumplimiento del Decreto 2398 de 2019 del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

Las disposiciones establecidas son aplicables a toda persona natural o jurídica o patrimonio autónomo que pretenda cosechar cultivos o plantaciones forestales con fines comerciales; Sistemas agroforestales, SAF, Plantaciones forestales con recursos del Certificado de Incentivo Forestal, CIF, así como barreras rompevientos o cercas vivas ubicadas en el ámbito rural hasta la frontera agrícola del territorio nacional.

El registro de plantaciones forestales comerciales, ante el ICA no otorga ningún tipo de derecho para el aprovechamiento y movilización de productos forestales primarios o secundarios provenientes de bosques naturales, así como ecosistemas estratégicos, páramos, manglares, humedales, rondas hídricas, coberturas vegetales naturales secas y en general que tengan restricción ambiental, establecidas por el Ministerio de Ambiente, las autoridades ambientales, los municipios o cualquier otra autoridad con competencia en el tema.



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