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Ecopetrol ganó millonaria demanda por proyecto petrolero en Casanare

 El Consejo de Estado negó las pretensiones de una demanda interpuesta por la firma Parker Drilling Company International Limited contra Ecopetrol, por los supuestos perjuicios derivados de la demora en la socialización de un proyecto de exploración y explotación de petróleo en Casanare.

Según la demanda, la petrolera estatal habría incumplido sus obligaciones frente a la socialización que requería el proyecto de un pozo en Capiagua, municipio de Aguazul, lo que condujo a bloqueos en las vías de acceso por parte de la comunidad, que a su vez condujeron a la inmovilización de la maquinaria que era necesario transportar para ejecutar las obligaciones asumidas en este contrato.

La demanda solicitaba el pago de más de un millón de dólares por mantener los equipos inactivos entre el 15 de septiembre y el 10 de octubre del 2012.

En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó las pretensiones de la demanda al establecer que la socialización del proyecto era responsabilidad conjunta de las partes y no exclusiva de Ecopetrol. Parker Drilling interpuso recurso de apelación contra esa decisión, con la intención de que el Consejo de Estado condenara a Ecopetrol. Sostuvo que el Tribunal desconoció que sí cumplió con su obligación contractual, al haber contratado a personas de la comunidad que habitaba en el área de influencia del proyecto. Además, sostuvo que siempre estuvo presta a movilizar los equipos.

Finalmente, tras una larga batalla legal, el Consejo de Estado negó las pretensiones de la demanda, por considerar que “no se probó el incumplimiento”. El alto Tribunal sostuvo que “no se acreditó que la situación que originó la para en las labores de la maquinaria durante 26 días, dieran lugar a que Ecopetrol estuviera obligada a pagar la tarifa stand by de equipo inactivo con cuadrilla”.

Además, aseguró que la petrolera sí cumplió las obligaciones contractuales que asumió frente a la socialización del proyecto con la comunidad.

El fallo señala que, en este caso, no se evidenció que la contratista permaneciera con la maquinaria y el personal inactivos, a la espera de las órdenes de Ecopetrol, que era la circunstancia que permitía el cobro de la ya reseñada tarifa.

Ahora, Parker Drilling Company International Limited, esta debe correr con parte de los costos del proceso.



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