El Tribunal Administrativo de Casanare declaró improcedente la acción de tutela interpuesta por el médico Leider Yesid Daza Tavera, en contra de la decisión del Juzgado Primero Administrativo de Yopal, que concedió medida cautelar de suspensión provisional de su nombramiento como gerente de Red Salud Casanare E.S.E.
En las pretensiones de la acción de tutela, se solicitaba el amparo a los derechos fundamentales al debido proceso, acceso a la justicia, al trabajo y al mínimo vital en virtud de la decisión adoptada por el juez Primero Administrativo de Yopal, por la cual se suspendieron todos los actos administrativos, a través de los cuales se conformó la terna para designar gerente de Red Salud Casanare E.S.E.
Pretendía también que se declarara la nulidad del auto del 30 de septiembre de 2016, por medio del cual se concedió la media cautelar y en consecuencia que en un término de 48 horas se ordenara el rechazo de la demanda y se procediera a su archivo. La acción de tutela que fue admitida el pasado 06 de octubre por el Tribunal Administrativo, se negó por improcedente mediante auto del 14 de octubre.
En su análisis el Tribunal consideró que la tutela no sustituye los mecanismos administrativos y judiciales diseñados para salvaguardar derechos; aún frente a los fundamentales. Además, ésta no fue concebida para resolver conflictos de competencia administrativa.
AntecedentesLa Medida cautelar fue concedida por el juez Primero Administrativo de Yopal dentro de una demanda presentada por Lina Jazmín Silva Ariza, quien alcanzó el mayor puntaje en cada una de las pruebas realizadas en el concurso de mérito que desarrolló la Universidad de Medellín para proveer el cargo de gerente en propiedad de la Empresa Social del Estado, pero quien sin embargo no fue incluida por la Junta Directiva de Red Salud Casanare en la terna enviada al Gobernador, bajo el argumento de que la profesional se encontraba inhabilitada, por haber hecho parte de la Junta Directiva del Hospital de Aguazul, un año antes de su elección.
El mecanismo judicial vinculó en calidad de terceros en interés al gobernador de Casanare, a los integrantes de la terna para proveer el cardo de gerente: David Francisco Gallego Monroy y Edwin Barrera; así como a Lina Jazmín Silva, Ariza, al Representante Legal de Red Salud y al presidente de la Junta Directiva.
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