HASTA EL 15 DE OCTUBRE LOS PARTIDOS, MOVIMIENTOS Y GRUPOS SIGNIFICATIVOS DE CIUDADANOS TIENEN PLAZO PARA ACREDITAR SUS TESTIGOS ELECTORALES
6-10-2011, 00:01 | Colombia

Los partidos o movimientos políticos pueden designar un testigo electoral por cada una de las mesas de votación que se instalen en el país. La autoridad electoral entrega dos tipos de credenciales a las personas designadas como Testigos, una para desempeñar su labor ante los jurados y otra ante las comisiones escrutadoras