GOBIERNO ESTABLECIÓ LOS REQUISITOS PARA COMERCIALIZAR LECHE CRUDA EN EL PAÍS
31-05-2011, 19:46 | Principal
Entre otros, la norma, señala que los hatos, predios o fincas productoras de leche cruda deben estar registrados ante el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) así como en los programas que certifican al predio como de brucelosis y tuberculosis animal. Así mismo, el decreto advierte que la leche cruda debe comercializarse en un tiempo no superior a las 24 horas, transcurridas a partir del momento de su ordeño.