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Hoy pueden circular carros en Yopal, se mantiene restricción a motocicletas y ley seca desde las 10 de la noche

Hoy pueden circular carros en Yopal, se mantiene restricción a motocicletas y ley seca desde las 10 de la noche
La Alcaldía de Yopal modificó el decreto sobre normas especiales para la conservación del orden público ciudadano este viernes 4 de julio.
Mediante el Decreto No. 053 de 2014, dictó normas con motivo del partido de la Selección Colombia de fútbol ante su similar de Brasil, por los cuartos de final de la Copa Mundial 2014.

La norma prohíbe la circulación de motocicletas, vehículos que transporten trasteos, escombros, cilindros de gas y madera en el Municipio de Yopal, desde las 07:00 horas del día 4 de julio de 2014 hasta las 04:00 horas del día 5 de julio de 2014.

Solo se permitirá el transporte de gas en vehículos pertenecientes a empresas dedicadas a su distribución, los cuales deben estar debidamente identificadas y marcadas con el logo de la empresa y deben ser reconocidas por la misma.

Los yopaleños se podrán movilizar en carro, pero que se mantendrá la medida de restricción del tránsito de motos.

Se exceptúan de las mencionadas medidas las motocicletas pertenecientes a las Fuerzas Militares y a la Policía Nacional, Cuerpos Oficiales Armados, CTI, INPEC y miembros de la Fuerza Pública en servicio activo, de empresas de servicios públicos, las cuales deben estar debidamente identificadas y marcadas con el logo de la empresa y deben ser reconocidas por la misma.

En caso de incumplimiento se aplicarán las sanciones establecidas en el artículo 131 literal C del Código Nacional de Tránsito (Ley 769 de 2002), el cual establece multa equivalente a quince (15) salarios mínimos legales diarios vigentes, por transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente.

De igual forma, se prohíbe en todo el territorio del Municipio de Yopal la venta y el consumo de bebidas embriagantes y el funcionamiento de establecimientos de comercio que tengan como actividad la venta y/o consumo de bebidas embriagantes o estén ejerciendo dicha actividad, desde las 22:00 horas del día 4 de julio de 2014 hasta las 04:00 horas del día 5 de julio de 2014.

En caso de incumplimiento de alguna de estas disposiciones se aplicarán las sanciones establecidas en la Ordenanza 015 de 2006 artículo 116, que consisten en la imposición de multa de cinco (5) a veinte (20) salarios mínimos diarios legales vigentes, y en especial la sanción lo establecido en el Código Nacional de Policía, consistente en el cierre del establecimiento hasta por siete días.

El control, vigilancia y aplicación del Decreto No. 053 de 2014, estará a cargo de la Policía Nacional y los agentes de tránsito del Municipio de Yopal.


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