Por Rosalba Múnera Valencia
El Presidente del Concejo Municipal de Yopal, Libardo Carreño Fernández, rechazó por unidad de materia el proyecto de acuerdo con el cuál el Alcalde Celemín solicitaba facultades para celebrar un contrato de concesión para la prestación del servicio de alumbrado público por 30 años.
La decisión según Carreño Fernández, se sustenta en el artículo 142 del reglamento interno de la Corporación que le otorga facultades al presidente, para verificar el cumplimiento de que todo proyecto de acuerdo debe referirse a una misma materia y serán inadmisibles las disposiciones o modificaciones que no se relacionen con ella.
Es así que una vez evidenciada la falta de unidad, la presidencia rechazó el proyecto pero la decisión será apelable ante la Corporación.
De esta forma Carreño Fernández, informará a la plenaria del Concejo, para que proceda según la norma, con la creación de una comisión accidental para que decida si presenta apelación ante la presidencia.
Dicha comisión tomará una decisión al respecto en los tres (3) días siguientes que podrá ser, dando la razón al presidente, conceder la razón parcialmente o negar los argumentos expuestos.
Comisión accidental Los Corporados, que aceptaron ser parte de esta comisión son: Roland Jeffrey Wilchez Torres del Partido (Cambio Radical); Fabio Castro Suarez, Movimiento Afrovides; Nelson Alberto Figueroa Robles, Partido de Integración Nacional (PIN).
Algunos Concejales expusieron sus conceptos con respecto al procedimiento relacionado con la decisión del Presidente de rechazar el proyecto de acuerdo.
“El proyecto efectivamente no cumple con el principio de unidad de materia, pero en el mismo informe que entrega el Presidente, también se informa que existen limbos jurídicos y que faltan algunos requisitos para que el proyecto cumpla su trámite, por lo tanto debió ser devuelto al ejecutivo, según reglamento interno de la Corporación” indicó durante su intervención el Concejal Neil Botía Cárdenas.
Sin embargo, Carreño Fernández, acotó al respecto que este proyecto de acuerdo maneja dos elementos, es decir uno la concesión y otro las vigencias futuras, cada uno de ellos con su propia regulación legal.
Por lo tanto no existe unidad de materia, según artículo 142 del reglamento interno de la corporación, pero siendo el tema principal del proyecto la concesión, esta si cumple con los requisitos legales exigidos, razón por la cual no se devolvió a la administración directamente.