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Planeación formalizó 37.944 metros cuadrados de áreas de cesión a favor del banco de tierras de Yopal

miguelangelok | Yopal | | comentarios: 0

 Mediante la gestión predial de áreas de cesión, que por obligación cada urbanizador debe entregar al Municipio, la Oficina Asesora de Planeación de Yopal informó que ha avanzado este año en la recepción y formalización de 17 predios, pertenecientes a 4 urbanizaciones. De éstos 11.037 metros cuadrados corresponden a zonas verdes y parques, 773 M2 a equipamiento y 26.134 M2 a vías.

Gracias a este programa de gestión predial para áreas de cesión, de todos los proyectos urbanísticos que han sido aprobados, se ha logrado ampliar el banco de tierras y bienes e inmuebles a nombre del Municipio (dando apertura a folios de matrícula independiente ante la oficina de Instrumentos Públicos a título gratuito).

Esta actividad facilitará la inversión estatal en la construcción de zonas de esparcimiento público, vías y edificaciones de orden institucional; cuyo objetivo es brindar calidad de vida a la población de los sectores beneficiados.

Las áreas de cesión fueron entregadas al municipio por las urbanizaciones TTC Morichal, Bella Vista, Villa Salome etapa 1 y Pontevedra.

Así mismo la Oficina Asesora de Planeación informó que ha estudiado la viabilidad de todas las solicitudes de protocolización de áreas de cesión hechas en los meses de enero y febrero y ha avanzado en los procesos para las urbanizaciones: Villa Mercedes, Los Pinos, Las Palmeras, Llano Grande; así como la vía variante en la vereda San Antonio.

También, ha identificado y levantado datos de 33 áreas públicas de las diferentes comunas, consolidando dicha información en una herramienta de localización y consulta, para la caracterización de cada una de estas zonas.

Cabe recordar que las áreas de cesión obligatoria gratuita son definidas por el artículo 5 de la ley 9 de 1989, como «el conjunto de inmuebles públicos y los elementos arquitectónicos y naturales de los inmuebles privados, destinados por su naturaleza, por su uso o afectación, a la satisfacción de necesidades urbanas colectivas que trascienden, por tanto, los límites de los intereses individuales de los habitantes».

Son entre otras las áreas requeridas para la circulación, tanto peatonal, como vehicular; las franjas de retiro de las edificaciones sobre las vías, los parques, plazas, zonas verdes y similares, y las necesarias para la instalación y mantenimiento de los servicios públicos básicos.



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