Debido al gran número de vehículos pesados que transitan por las vías del Corregimiento de La Chaparrera, la Alcaldía de Yopal adoptó medidas de tránsito vehicular tendientes a garantizar la movilidad en las vías urbanas.
Las medidas se adoptaron teniendo en cuenta que los vehículos han puesto en peligro la vida de los habitantes y principalmente la de los estudiantes de los Colegios del corregimiento.
Mediante el Decreto 133 de 2013, la Alcaldía de Yopal estableció como única vía de acceso y salida a las canteras y trituradoras del Corregimiento de La Chaparrera, la carrera tercera del barrio San Antonio, para cargue de material pétreo y/o similar en vehículos de capacidad de carga mayor a cuatro toneladas.
De igual manera, restringió la circulación de los vehículos con capacidad de carga mayor a cuatro toneladas, por la carrera tercera, del barrio San Antonio, en los horarios de 6:00 a 7:00 de la mañana y de las 11:50 de la mañana a 12:50 de la tarde, de lunes a viernes.
La misma medida restringe el tránsito y parqueo de vehículos (con capacidad de carga mayor a 4 toneladas) en las vías internas urbanas del Corregimiento de La Chaparrera.
Quienes infrinjan esta medida serán sancionados de conformidad con la Ley 769 de 2002, la Ley 1383 de 2010 o las normas que la modifiquen, deroguen o adicionen.
Del mencionado Decreto se compulsa copia a la Corregidora local, al Comandante de la Estación de Policía, empresas transportadoras, representante legal de canteras y trituradora y comunidad en general, para que se vele por el cumplimiento de lo dispuesto en la norma.