En fallo de segunda instancia proferido por el Juez Primero del Circuito de Yopal se declara improcedente la tutela interpuesta por la Concejal del movimiento social la bendición, Mayerly Muñoz Martínez.
En uno de los apartes el Juez Primero Civil del Circuito reitera que tal como lo ha manifestado la Corte Constitucional, "el juez de tutela no puede reemplazar al juez ordinario, salvo violación de derechos fundamentales o la existencia de un perjuicio irremediable, situación que no se presenta para el caso de la empresa CEIBA EICE".
Insiste el juez en señalar que "que no se observa prueba de daño o peligro inminente con la confirmación de la Empresa Industrial y Comercial del Estado CEIBA", por lo que se deja sin efectos la sentencia del Juzgado Segundo Penal Municipal para adolescentes con función de control de garantias de Yopal, que ordenaba la suspensión del articulo 13 del decreto 341 de 2015.
De igual manera, ordena el juez que como quiera que la administración municipal de Yopal en cabeza de John Jairo Torres, produjo nuevos actos administrativos, en cumplimiento del fallo de primer grado, entre ellos la designación de gerente, estos cesan en todos sus efectos legales, estableciéndose de inmediato la situación preexistente a la orden de dicha tutela, para lo cual se deberá acatar en su inmediata ejecución por parte de la misma administración de Yopal, en cabeza del señor alcalde.