La Corporación Autónoma Regional de la Orinoquia interpuso una Acción popular en contra de la Agencia Nacional de Licencias Ambientales ANLA y la petrolera Gran Tierra Energy Colombia LTDA., en el Tribunal Administrativo de Casanare, por la vulneración de los derechos colectivos al goce de un ambiente sano, protección de áreas de especial importancia ecológica, uso racional de los recursos naturales, y el equilibrio ecológico.
En la Acción, Corporinoquia plantea serios reparos desde el punto de vista técnico, respecto de las condiciones socioambientales bajo las que se pretende ejecutar el proyecto de explotación petrolera, considerando que las características actuales del terreno donde se pretende iniciar la perforación es totalmente diferente al que se planteó en el año 2009 cuando se otorgó la Licencia Ambiental, por lo que debe ser actualizado y limitado con la finalidad de evitar perjuicios.
Resalta que la beneficiaria de la Licencia, Gran Tierra Energy Colombia LTDA, comenzó la movilización de maquinaria y personal para iniciar las actividades de perforación de un primer pozo denominado Prosperidad-1 en la vereda La Unión, con una plataforma de 5 hectáreas, sin tener en cuenta las recomendaciones realizadas por Corporinoquia como máxima autoridad ambiental en el área de su jurisdicción.
Corporinoquia manifiesta que su inconformidad técnica radica en el hecho de que tanto la Agencia Nacional de Licencias Ambientales como la sociedad Gran Tierra Energy Colombia LTDA, desconocen el estudio hidrogeológico realizado por Corporinoquia en el mes de agosto del año 2014 en donde se detalla de manera clara la caracterización hídrica subterránea del municipio de Yopal, que se vería afectada en el evento de realizarse perforaciones o detonaciones sin las precauciones necesarias.
La Corporación Autónoma Regional de la Orinoquia, considera que se debe aplicar el principio convencional y constitucional de precaución para la ejecución del proyecto de explotación petrolera “Bloque El Portón”, en el entendido de que no existe certeza técnica por parte de la ANLA y de la empresa Gran Tierra Energy Colombia LTDA que con la instalación y operación de las plataformas y la perforación de los pozos no se verá afectado el recurso hídrico subterráneo existente en la ciudad de Yopal.
Medida CautelarCorporinoquia solicitó el Tribunal Administrativo de Casanare, decretar previo a la admisión de la demanda como medida cautelar la suspensión del proyecto de explotación de hidrocarburos denominado “Bloque El Portón”, inclusive la perforación del pozo “Prosperidad-1”, por ser contrario al principio de precaución consagrado en el numeral 6º del artículo 1º de la Ley 99 de 1993.
Señala que hasta tanto la Agencia Nacional de Licencias Ambientales realice una nueva visita técnica de evaluación al componente socioambiental de dicho proyecto, en donde se tenga en cuenta el estudio hidrogeológico realizado por la Corporación en el año 2014 y el que actualmente se desarrolla por el Servicio Geológico Colombiano y de esta forma modifique la Licencia Ambiental inicial en el sentido de imponer medidas restrictivas de operación que garanticen que no afectará el recurso hídrico subterráneo.
PretensionesLa Ingeniera Martha Jhoven Plazas Roa, directora de Corporinoquia explicó que se pretende con la Acción Popular que se declarare que la Agencia Nacional de Licencias Ambientales -ANLA y la empresa Gran Tierra Energy Colombia Ltda, vulneraron los derechos colectivos al goce de un ambiente sano, protección de áreas de especial importancia ecológica, uso racional de los recursos naturales, el equilibrio ecológico, al iniciar la ejecución del proyecto de explotación de hidrocarburos denominado “Bloque El Portón”, con la perforación del pozo “Prosperidad-1” en la vereda La Unión, sin tener en cuenta la afectación que se pudiera causar al recurso hídrico subterráneo existen en la ciudad de Yopal.
Igualmente que se ordene a la Agencia Nacional de Licencias Ambientales -ANLA y a la empresa Gran Tierra Energy Colombia LTDA la suspensión inmediata de la instalación de cualquier plataforma multipozo en el área de ejecución del proyecto de explotación petrolera “Bloque El Portón” y perforación de cualquier pozo, hasta tanto la Agencia Nacional de Licencias Ambientales no realice una nueva visita y modifique la Licencia Ambiental teniendo en cuenta el estudio hidrogeológico realizado por la Corporación en el año 2014, con el fin de imponer medidas restrictivas al operador con la finalidad de evitar una afectación a los acuíferos existentes en la ciudad de Yopal.
Finalmente conminar a la Agencia Nacional de Licencias Ambientales -ANLA, para que en lo sucesivo articule su actuar con el de la Corporación Autónoma Regional de la Orinoquia -Corporinoquia, con el fin de aunar esfuerzos en la protección de los recursos naturales y del medio ambiente respecto de los proyectos de gran impacto que se desarrollen en el área de nuestra jurisdicción.